REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2008-000192
ASUNTO : NP01-D-2008-000192



JUEZ: ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ
SECRETARIA: ABG. MARIUIVE PEREZ ABANERO
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO: OVIDIO LOPEZ
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL y LESIONES PERSONALES GRAVISIMAS
DEFENSOR PÚBLICO 1°: ABG. MIGDALYS BRITO
FISCAL 10° DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. MIRIAN GARELLI

En el día de hoy, jueves (12) de marzo del 2009, siendo las 11:30 horas de la mañana, oportunidad fijada para la celebración de AUDIENCIA ESPECIAL en el presente asunto, a los fines de revisar la situación que se presento entre el sancionado Jonathan Aguilera y el sancionado Elisaul, compareció por ante este Despacho previo traslado desde la Entidad Socio Educativa Gral. JESUS MARIA RENGEL” el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, se constituye el Tribunal Primero de primera Instancia en función de Ejecución de la Sección Penal del Adolescente, presidido por la ciudadana ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ, Juez Temporal de Ejecución de esta Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Monagas estando presente el Secretario de Sala la ABG. MARIUIVE PEREZ, y Se deja constancia que se encuentran presentes la Fiscal Décima del Ministerio Público ABG. MIRIAN GARELLI, la Defensora Publico Penal Primero ABG. MIGDALYS BRITO, EQUIPO MULTIDICIPLINARIO: OVIDIO LOPEZ. Seguidamente la Juez da inicio al acto señalando el significado de dicha audiencia y de las actuaciones procesales que se desarrollarán, así como el contenido y las razones legales y éticas sociales de la decisión que se produzca, asimismo se impone a la sancionada de auto de los artículos 44, 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 538 al 544, 630 y 631 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña del Adolescente. Seguidamente se le dio la palabra al sancionado, quien expone: “Yo lo que quiero como a mi no me hicieron nada en el centro por que mi mama no viene porque ella esta embarazada, yo lo que le solicito es que le concedan el permiso a mi novia para que me visite y en cuanto al peligro que yo vea yo se lo voy a comunicar a los maestros y actualmente no tengo problemas con nadie, Es todo. De seguidas se le cede la palabra a la Fiscal quien expone: “Oído el planteamiento, esta representación fiscal solicita se realicen todas las diligencias necesarias: Primero: solicitar la permisología necesaria a los fines de que la adolescente IDENTIDAD OMITIDA,pueda visitar al sancionado en su sitio de reclusión. Segundo: El resguardo en el centro donde se encuentra actualmente recluido el sancionado. Tercera: Siempre y cuando no sea violatorio a las directrices y reglamentos Socio Educativos. Es Todo. Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa quien expone: “Oídas la exposición del adolescente sancionado solicito a la ciudadana juez con base del articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente como es el derecho de ser oído tome en consideración lo manifestado por el, asimismo solcito su permanencia en el respectivo centro de reclusión donde actualmente se encuentra toda vez que se están cumpliendo los objetivos planteados por la Ley Especial, y su pronta recuperación desde todo punto de vista Social, Espiritual entre otros y finamente le ceda un permiso a la adolescente HESTIUSKA OSUNA GUERRA previa autorización legal para que la misma visite al adolescente Jonathan Aguilera lo cual es un derecho permitido por esta Ley Especial, todo lo solicitado va a favor del adolescente el cual redundara en su progreso. Es todo.-. En este estado toma la palabra la ciudadana Jueza expone: “En virtud de todo lo antes expuesto por las partes en la presente audiencia, este Juzgado Primero de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO Se informa a las partes presentes que en una oportunidad este tribunal previa solicitud del sancionado IDENTIDAD OMITIDA,, se realizo llamada telefónica a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA,para que compareciera al este Tribunal conjuntamente con su progenitora y solicitara el permiso de visita y en vista que hasta la presente fecha no han comparecido a solicitar el respectivo permiso, habiendo realizado este Tribunal las diligencias pertinentes, es por lo que este tribunal acordara el permiso siempre y cuando comparezcan el representante legal de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA,a solicitarlo voluntariamente a este tribunal y una vez materializada la visita, este Tribunal se pronunciara al respecto. SEGUNDO: En cuanto a la permanencia en el centro donde actualmente permanece el joven sancionado, este Tribunal acuerda mantenerlo en el mismo sitio de reclusión vista la solicitud realizada por las partes y que el sancionado no quiere irse del referido centro, informándoles que el joven no recibe visita actualmente por cuanto su progenitora se encuentra en la ciudad de Trujillo en estado de gravidez y se le hace imposible trasladarse hasta esta ciudad por presentar un embarazo de alto riesgo, según lo expresado por la Trabajadora Social Del Valle Centeno adscrita al Centro Socio Educativo Dr. Jesús MARÍA Rengel, quien se comunico telefónicamente con la ciudadana representante. De igual forma se les informa que en caso de presentarse alguna otra situación donde se ponga en peligro la integridad física del joven sancionado IDENTIDAD OMITIDA,, como la suscitada con el joven IDENTIDAD OMITIDA,, este tribunal de oficio acordara su traslado hasta otro Sitio de Reclusión donde reside su progenitora, exhortando al sancionado a que debe mantener una conducta acorde con la normativa establecida den el reglamento Interno de la Institución y cualquiera anomalía deberá ser informada a los maestros guía, al equipo multidisciplinario o a este Tribunal, todo de conformidad a lo preceptuado en el artículo 646, 647 literal “d” de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña del Adolescente. Por todos los argumentos antes esgrimidos este Tribunal declara con lugar la solicitud realizada por el Fiscal del Ministerio Público y la Defensa Pública Primera.- Es todo terminó se leyó y conformes firman, siendo las horas de la tarde
LA JUEZ TEMPORAL,



ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ.


EL SANCIONADO,

IDENTIDAD OMITIDA


LA FISCAL

ABG. MIRIAN GARELLI






LA DEFENSOR PÚBLICO

ABG. MIGDALYS BRITO

EQUIPO MULTIDICIPLINARIO
OVIDIO LOPEZ


EL SECRETARIO,

ABG. MARIUIVE PEREZ