ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000645
PARTE ACTORA: RAMONA ABREU
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DEXANDER ANDRADE
PARTE DEMANDADA: TALLER AERONAUTICO MARACAIBO C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS LOPEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 7 de Mayo de 2009, siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos RAMONA ABREU asistida en este acto por el abogado DEXANDER ANDRADE y TALLER AERONAUTICO MARACAIBO C.A empresa esta representada por su apoderado judicial abogado JESUS LOPEZ, quienes han llegado al siguiente acuerdo la representación judicial de la demandada ofrece cancelar la cantidad de Seis mil bolívares (bsf 6.000,00) los cuales serán cancelados de la siguiente manera: la cantidad de Dos mil bolívares (bsf 2.000,00) se cancelaran el día 22 de Mayo del presente año, la cantidad de Dos mil bolívares (bsf 2.000,00) se cancelaran el día 12 de Junio y la cantidad restante de Dos mil bolívares (bsf 2.000,00) se cancelaran el día 26 de Junio, la trabajadora manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes.







El Juez

El Secretario

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes