REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 14 de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-000341
ASUNTO : NP01-P-2009-000341


AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO





Por cuanto en esta misma fecha se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido al acusado: FRANKLIN DEL JESUS RAMIREZ, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:


Identificación del Acusado

FRANKLIN DEL JESUS RAMIREZ, venezolano, natural de Isla de Guara Estado Monagas, nacido en fecha 15 de Noviembre de 1979, de 29 años de edad, estado civil soltero, oficios operador de maquinarias pesadas, hijo de Lucila Gutiérrez (V) y de Andrés Ramírez (V), titular de la cédula de Identidad número V- 14.488.568, domiciliado en Isla de Guara Boca de Guara Estado Monagas por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 405 y 277 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CRUZ RAMON BERMUDEZ.


De los Hechos y Motivos

El día 6 de febrero, de 2009, siendo aproximadamente las cuatros y treinta minutos de la mañana (4:30 AM), encontrándose de servicio los funcionarios, DISTINGUIDOS (PEM), JOSE LEMUS, AGENTE (PEM) ALVARO MANOSSARVA, LUISA ASCENCIO, ANDRIARIZA, RAMON, SUAREZ, adscrito a la Comisaría De Uracoa, de la Policía del Estado Monagas, en esa jefatura se presento, un ciudadano informando, que el caserío guarita, específicamente, en boca de guara, del municipio Uracoa, estado Monagas; se encontraba un ciudadano sin signos vitales, en el pavimento, de la calle principal de caserío, por lo que procedieron a trasladarse al sitio del suceso indicado, visualizando, el cadáver de un ciudadano de sexo masculino sin signo vitales y partes del cuerpo quemado, identificado como CRUZ RAMON BERMUDEZ, ya que siendo aproximadamente las Dos (2:00AM) de la madrugada, el referido imputado le había dado muerte con un arma de fuego, tipo escopeta, cañón largo calibre 12, serial 82658C57, de lo cual no portaba documento que legitimara el porte de ña misma por lo que le fue retenida, momento cuando el occiso, se disponía a lanzar una botella de cerveza con ,una mecha prendida en fuego, como especie de antorcha, a la casa de la ciudadana LUCILA GUTIERREZ LOPEZ, a la cual previamente había rociado de gasolina por la ventana de la misma, quien al caer al pavimento por causa de múltiples heridas en la región del tórax, su cuerpo ardió en fuego, por lo que sus extremidades inferiores , resultaron parcialmente quemada; motivos por el cual los funcionarios, practicaron la detención preventiva de FRANKLIN DEL JESUS RAMIREZ GUTIERREZ,

Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

Se admitió totalmente la acusación presentada por el Fiscal Décima Primera del Ministerio Público, Abg. JESUS REQUENA, no así el Escrito Acusatorio Privado presentado por el Abogado RAFAEL ANTONIO ROJAS, en virtud de no tener cualidad para el mismo, en cuanto a la calificación jurídica de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, contemplado en los Artículos 405 y 277 ambos del Código Penal, perjuicio del ciudadano: CRUZ RAMON BERMUDEZ.

Pruebas Admitidas

Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por parte de la Vindicta Pública por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público y haber sido incorporas al proceso conforme a la ley, contra el ciudadano FRANKLIN DEL JESUS RAMIREZ GUTIERREZ, Y la adhesión de la defensa a las pruebas presentadas por el Ministerio Público, en virtud del principio de la comunidad de la prueba.


Orden de Abrir el Juicio Oral y Público


Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público contra el ciudadano: FRANKLIN DEL JESUS RAMIREZ GUTIERREZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL Y Porte Ilícito DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 405 y 277 ambos del Código Penal, en perjuicio de CRUZ RAMON BERMUDEZ. Se mantiene la medida cautelar que posee el Ciudadano FRANKLIN DEL JESUS RAMIREZ GUTIERREZ.



Emplazamiento a las partes

Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.

Instrucción al Secretario

Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Décimo Primera del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.

La Juez


ABG. MARIA YNES RODRIGUEZ SALMON

La Secretaria