REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, Dieciocho (18) de Mayo del Dos Mil Nueve (2.009).
199° y 150°
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:
DEMANDANTE: JESUS A RODRIGUEZ O, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.370.837
DEMANDADOS: ALBERTO CESAR BRITO SALAS, CARLOS ENRIQUE BRITO SALAS, LUIS EDGARDO BRITO SALAS Y HUMBERTO JOSE BRITO SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 8.351.850, 9.286.541, 8.361.489 y 10.303.816 respectivamente.
ABOGADO DEFENSOR: TOMAS MARIÑO CHACON, venezolano, mayor de edad, en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 6.489 y de este domicilio.
ASUNTO: INTIMACION DE HONORARIOS
Exp. 0566
UNICO
Visto el convenimiento celebrado entre las partes, en fecha 15 de Mayo del presente año, y por cuanto el mismo no es contrario a derecho, este Tribunal le imparte su aprobación y HOMOLOGACIÓN en los mismos términos convenidos por las partes En consecuencia, se da por Terminado el presente juicio de Intimación de Honorarios Profesionales y se ordena el archivo del expediente.
.- De esta misma forma, este Tribunal en virtud de lo acordado, y se deja sin efecto la Medida de prohibición de Enajenar y Gravar decretada en la presente causa, se acuerda oficiar a la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Publico del Municipio Maturín del Estado Monagas. Líbrese Oficio.
EL JUEZ TEMPORAL.
Abg. ANGEL SILVA ACUÑA
LA SECRETARIA
Abg. LISMARY RINCON
EXP: 0566
ASA/ns.-
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