REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 26 de Mayo de Dos Mil Nueve.

199º y 150º

Visto el escrito presentada por la ciudadana Necxy Luzmelys Luces Reina, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.751.048, domiciliada en la Urbanización Juana La Avanzadora, Calle 2, Casa J-0102, Vía San Jaime de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas, en la cual solicita se le libre AUTORIZACIÓN PARA TRAMITAR LA EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE de su hijo (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de diez (10) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-26.933.233, quien se hiciera asistir por la Defensora Pública Cuarta para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescentes de este Estado, abogada Nathalie Meza Morales, admítase, anótese, numérese y fórmese expediente, este Tribunal de conformidad con lo establecido en Artículo 160, literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda AUTORIZAR a la ciudadana Necxy Luzmelys Luces Reina, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.751.048, domiciliada en la Urbanización Juana La Avanzadora, Calle 2, Casa J-0102, Vía San Jaime de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas, para que realice ante las Autoridades competentes de la OFICINA NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y EXTRANJERIA (ONIDEX), la solicitud del Pasaporte del niño (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de diez (10) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-26.933.233, y demás trámites legales que sean necesarios. Expídase por secretaría copia certificadas de estas actuaciones y entréguesele a la interesada, a los fines legales consiguientes. Cúmplase.-
LA JUEZ PROFESIONAL PRIMERA,


DRA. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.
LA SECRETARIA DE SALA,


ABG. MARIA FABIOLA TEPEDINO.
Exp. 7513-2009.-
Betil.-