Comisión: 04808
EDUARDO JAVIER MEDINA/ ROMULO ANTONIO PEREIRA
En horas de Despacho del día de hoy 06 de Mayo de 2.009, siendo las 11:30 a.m, se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el abogado en ejercicio LUIS ALBERTO MARTINEZ SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 125.454, a los fines de practicar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por el Tribunal Comitente en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), intentado contra ROMULO ANTONIO PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.289.022. Y siendo las 11:40 a.m, se constituyo el Tribunal en la siguiente dirección: Calle Pichincha, casa Nº 17, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por una Comisión de Efectivos de la Policía del Estado Monagas. En este acto el Tribunal designa como perito avaluador al ciudadano JOSE ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 4.719.218, y como representante de la Depositaría Judicial a el ciudadano ROBER VILLARROEL, titular de la cédula de identidad Nº 8.363.873, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley respectivo. Acto seguido interviene la parte actora: Solicito se difiera la presente medida por cuanto en la dirección que le señale al Tribunal no se encontraron bienes propiedad del demandante que puedan ser objeto de la presente medida. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal, visto lo solicitado por la parte actora, este Tribunal acuerda diferir la presente medida. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto, dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:30 p.m.-
La Juez Suplente,
La parte demandante
El perito avaluador
La Depositaria Judicial Monagas
La Secretaría
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