REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control del
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 10 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-004963
ASUNTO : NP01-P-2008-004963



Corresponde a esta instancia emitir el fundamento en virtud de la decisión emitida en Audiencia Especial para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas al ciudadano: ASNARDO RAFAEL RODRÍGUEZ, en ocasión a la Suspensión Condicional del Proceso otorgada al referido ciudadano en su oportunidad legal, con respecto a la causa signada bajo la nomenclatura NP01-P-2008-004963, seguida en su contra por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano: DANIEL JESÚS CORDERO.
Cabe señalar que realizada como fue la Audiencia Especial para verificar el cumplimiento de las condiciones que le fueron impuestas al ciudadano: ASNARDO RAFAEL RODRÍGUEZ y se establecieron en la resolución emitida por este Tribunal en fecha 12 de marzo de 2009, en la cual se acordó como medida alternativa la Suspensión Condicional del Proceso a favor del ciudadano: ASNARDO RAFAEL RODRÍGUEZ, suspendiendo el proceso a prueba por el lapso de TRES (03) MESES, ahora bien vencido como se encuentra el lapso de pruebas impuesto al referido ciudadano y verificadas como fueron las condiciones en la Audiencia, en consecuencia fue por lo que este Tribunal conforme a lo previsto en el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en Audiencia especial dicto el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declaró la extinción de la acción penal conforme a lo previsto en el articulo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia decreto el Sobreseimiento de la Causa a favor del ciudadano: ASNARDO RAFAEL RODRÍGUEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V-17.243.904, bajo el imperio del articulo 318 ordinal 3° ejusdem, el cual tendrá efectos previstos en el articulo 319 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese el respectivo oficio al Sistema S.I.P.O.L del C.I.C.P.C a los fines de que actualicen el estado procesal del expediente correspondiente al acusado ASNARDO RAFAEL RODRÍGUEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V-17.243.904. SEGUNDO: Se pone término al presente procedimiento y la presente decisión tiene autoridad de cosa juzgada, asimismo líbrese Oficio al Departamento de Alguacilazgo informando lo aquí decidido.-TERCERO: Se acordaron las copias simples solicitadas por el Defensor Publico Noveno por no ser contraria a derecho tal solicitud. Notifíquese a las partes del fundamento de la respectiva decisión, líbrense los respectivos oficios y remítase las presentes actuaciones en la oportunidad de ley al Archivo Definitivo.. Cúmplase.
LA JUEZA

Abg. ROSMELYS ROJAS BARRETO

LA SECRETARIA

Abg.