REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

Maturín, 02 de Noviembre del 2.009

ACLARATORIA DE SENTENCIA
199° y 150°
Vista la solicitud formulada por el ciudadano JESUS VALDEZ, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio ELIZABTH ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17260, en la cual manifiesta que en la Sentencia recaída en la presente causa se incurrió en el error de colocar en la PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL lo siguiente: “BIENES ADJUDICADOS A LA CIUDADANA NAIRY ADELAIDA LUMIA CARRASQUEL: el ciudadano JESUS JOSE VALDEZ VELASQUEZ cede en plena Propiedad y posesión la parte que le corresponde del bien inmueble suficientemente descrito en el literal “A” del punto QUINTO de bienes que liquidar a la ciudadana NAIRY ADELAIDA LUMIA CARRASQUEL; BIENES ADJUDICADOS AL CIUDADANO JESUS JOSE VALDEZ VELASQUEZ la ciudadana NAIRY ADELAIDA LUMIA CARRASQUEL cede en plena Propiedad y posesión la parte que le corresponde del bien inmueble suficientemente descrito en el literal “B” del punto QUINTO de bienes que liquidar al ciudadano JESUS JOSE VALDEZ VELASQUEZ, por lo que este Tribunal homologa la cesión realizada y ordena realizar los tramites pertinentes a los cónyuges a los fines de que coloquen la nota marginal correspondiente en el registro subalterno que corresponda.”, siendo lo correcto ” BIENES ADJUDICADOS A LA CIUDADANA NAIRY ADELAIDA LUMIA CARRASQUEL: el ciudadano JESUS JOSE VALDEZ VELASQUEZ cede en plena Propiedad y posesión a la ciudadana NAIRY ADELAIDA LUMIA CARRASQUEL la parte que le corresponde de un aparcelamiento y una vivienda unifamiliar constituida sobre ella, distinguida con el numero 69, ubicada en la Urbanización Palma Real II, , Conjunto Residencial La sevillana, calle Los Jabillos, en el sitio denominado Tipuro, Parroquia Boquerón, al norte de la ciudad de maturín, jurisdicción del municipio Maturín del Estado Monagas, la parcela tiene una superficie aproximada de Doscientos Cuarenta y Dos metros Cuadrados (242 mts2), y sus linderos medidas son los siguientes: Norte: línea recta de Veintidós Metros (22 mts.) Con la parcela 70; Sur: línea recta de Veintidós Metros (22 mts.) con la parcela 68; Este: línea recta Once metros (11 mts.) con la acera de la calle B y Oeste: línea recta de once metros (11 mts.) con la parcela 72. Correspondiéndole un porcentaje de aparcelamiento de 1,2187556 % como constan en documento protocolizados por ante el Registro Inmobiliario del Segundo Circuito de Registro Publico del Municipio Maturín del Estado Monagas, en fecha 13-09-2005, anotado bajo el número 39, protocolo Primero, tomo 20. Asimismo el ciudadano JESUS JOSE VALDEZ VELASQUEZ asumira el pago total de la hipoteca que pesa sobre el bien, a favor de FONDO COMUN, C.A. BANCO UNIVERSAL BIENES ADJUDICADOS AL CIUDADANO JESUS JOSE VALDEZ VELASQUEZ la ciudadana NAIRY ADELAIDA LUMIA CARRASQUEL cede en plena Propiedad y posesión al ciudadano JESUS JOSE VALDEZ VELASQUEZ la parte que le corresponde del bien inmueble constituido por Un apartamento distinguido con el N° 1-3, ubicado en la primera planta tipo del Edificio B, del “Conjunto Residencial Plaza (I ETAPA), UBICADO EN LA MACRO PARCELA m-3, SITUADO EN LA URBANIZACION Palma Real del sector denominado Tipuro de la ciudad de Maturín Estado Monagas. El edificio “B” se encuentra ubicado en el Sector “B” y sus linderos particulares son los siguientes: Norte: Con áreas verdes y de uso común del edificio; SUR: Con áreas verdes y de uso común del edificio; ESTE: Con áreas verdes y de uso común del edificio; OESTE: Con áreas verdes y de uso común del edificio. Por su parte el apartamento N° B-1-3 tiene una superficie aproximada de ochenta metros cuadrados (80,00 mts2) y consta de las siguientes dependencias: un recibo-comedor, cocina, lavandero, Un (01) dormitorio principal con un baño y dos (02) dormitorios con un baño auxiliar; y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Su propia fachada; SUR: con el apartamento B-1-1 y escaleras de circulación; ESTE: con el apartamento B-1-4 y OESTE: su propia fachada; le corresponde un puesto de estacionamiento identificado con el Nº B-1-3 y los siguientes porcentajes de condominio, en relación al apartamento de 0.4848%, al estacionamiento de 0.07576% y en relación al edificio de seis coma veinticinco (6,25%) por ciento sobre el valor atribuido; todo lo cual consta de documento de condominio protocolizado en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio Maturín del Estado Monagas, en fecha 03-09-2001, anotado bajo el N° 30, Protocolo Primero, tomo 13.”, este Tribunal admite lo solicitado y a fin de subsanar el error cometido, acuerda tener como PARTICION DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL lo anteriormente señalado, y así se asienta. Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL SEGUNDA

Dra. ELINA CIANO DE COOL´S

LA SECRETARIA

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA













Exp. N° 21882
Víctor