REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 04 de noviembre de Dos Mil Nueve.

199° y 150°

Visto el CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, celebrado por los ciudadanos DANIEL ALEXIS USTARIZ MENDOZA Y NEIZA LEOANNY MUNDARAIN GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 15.029.893 y 13.815.221, respectivamente, de este domicilio, en la causa que por concepto de SEPARACIÓN DE CUERPOS cursa ante este Juzgado, este Tribunal administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando en Interés Superior del Niño (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), venezolano, de dos (02) años de edad, le imparte su aprobación a dicho Convenimiento y acuerda la homologación del mismo. CON RELACIÓN A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: los cónyuges acuerdan que el padre proporcionará lo requerido por el niño en una quincena, consistente en productos que la madre indicará en una lista que hará llegar al padre obligado. En cuanto a los adicionales relacionados a la adjudicación de útiles escolares y uniformes, este año 2009 la madre adquirió los útiles, el padre el uniforme, y en los años sucesivos siguientes se alternarán las obligaciones, y para el mes de diciembre, el padre aportará el juguete que recibe como beneficio en la Policía del Estado Monagas, así como un estreno en ropa y calzado para el día 24 de diciembre. CON RELACIÓN AL RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: el padre compartirá con su hijo fines de semanas alternos cada quince (15) días, los días sábados después de la 01:00 p.m., pernoctando con el padre y retornándolo el día domingo a las 04:00 p.m. En lo otros eventos de interés para el niño, tales como cumpleaños, día del niño, día de padre y día de la madre, navidad y año nuevo, los progenitores se pondrán de acuerdo y determinarán las fechas y horas. Cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL SEGUNDA

Dra. ELINA CIANO DE COOL´S



LA SECRETARIA

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA
Exp. N° 21432
Dch.-