REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
 
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
 
Maturín, 23  de Noviembre de 2009    
 
199° y 150°
 
 
ACTA
 
 
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2009-001109 
 
DEMANDANTES: JOSE HERNANDEZ, KERVIS CABELLO, ANGEL CARVAJAL, LISANDRO PEÑA Y KERVIS JESUS PEREZ           	
 
ABOGADA ASISTENTE DE LAS PARTES ACTORAS: LEIDA EVARISTE LEONETT           
 
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE SEMBNER, C.A.  
 
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGDOS. ALBERTO GUEVARA MILLAN Y JEAN CARLOS HERNANDEZ           
 
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES  
 
 
 
    En el día hábil de hoy lunes veintitrés (23) de Noviembre de 2009, siendo las 10:30 AM., oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, les tienen incoados los ciudadanos: JOSE HERNANDEZ, KERVIS CABELLO, ANGEL CARVAJAL, LISANDRO PEÑA Y JESUS PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.538.126, 15.045.279, 10.883.817, 12.156.803 y 11.649.483, partes actoras y presentes en este acto, los dos (2) últimos de los nombrados, comparecen a esta Audiencia los abogados en ejercicio, LEIDA EVARISTE LEONETT, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el  Nro. 41.245, asistiendo en este acto a las partes actoras, y a su vez, JEAN CARLOS HERNANDEZ, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 100.229, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este Estado la apoderada judicial de las partes demandantes interviene y expone: Renuncio al procedimiento instaurado a los fines de poder encuadrar todos y cada uno de los casos de los trabajadores por separado, y especificar su actividad y derechos que les correspondan, reservándome la oportunidad para las acciones correspondientes. Es todo. Acto seguido interviene el apoderado judicial de la demandada y expone: Estoy de acuerdo con la proposición expresada por la apoderada judicial de las partes demandantes por los conceptos antes señalados en el libelo de la demanda. Es todo. En tal sentido este Tribunal, oídas las exposiciones de ambas partes, y visto el Desistimiento formulado por la apoderada judicial de los demandantes, lo acuerda  y declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
 
Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes, en la apertura de la Audiencia Preliminar, les fueron entregadas, en este mismo acto. Siendo las 10:52 AM., se dio por terminada la presente Audiencia.-  
 
EL JUEZ TEMPORAL,
 
                                                                    LAS PARTES COMPARECIENTES,
 
 
 
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-                                              
 
 LA SECRETARIA
 
 
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