REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 09 de Noviembre de 2009

199 y 150°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2009-000815
DEMANDANTE: FERNANDO RABINOVICH
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: GIANFRANCO GIUSTI
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA CONFURCA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABGDA. NARKIS CHIARELLI ZAMORA Y OTROS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy lunes nueve (09) de Noviembre de 2009, siendo las 11:15 AM.,oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Calificación de Despido, le tiene incoado el ciudadano: FERNANDO RABINOVICH, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 6.535.654, parte actora y presente en este acto, comparecen a esta Audiencia la abogada MILENYS ASTUDILLO, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 100.243, asistiendo en este acto a la parte actora, a Solicitud del trabajador, en virtud que su abogada asistente no estuvo presente para este acto, en su condición de Procuradora Especial jefa de de Trabajadores, del Ministerio del Trabajo, y a su vez, NARKIS CHIARELLI ZAMORA, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 63.459, en su condición de apoderada judicial de la empresa demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado la apoderada judicial de la empresa demanda insiste en el despido del trabajador, para lo cual hacen un ofrecimiento de pago al mismo y le presenta, en este mismo acto, dos cheques especificados así: Cheque No. 40-39627935, por la cantidad de DIECISEIS MIL SETECIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 16.700,00), correspondiente a los Salarios Caídos, desde el 22-05-2009, hasta el 09-11-2009, de fecha 04 de Noviembre de 2009, y el cheque No. 60-39627936, por la cantidad de DIEZ MIL CIENTO SESENTA Y UN BOLIVARES CON CERO OCHO (Bs. 10.161,08), por concepto de pago de Prestaciones Sociales, desde el 22.10.2008, hasta el 09-11-2009, ambos a nombre del ciudadano FERNANDO RABINOVICH, parte demandante en la presente causa, antes identificado, girados contra el Banco Exterior, como pago de los conceptos antes descritos, que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda. Acto seguido la parte demandante y su abogada asistente, deciden aceptar conformes los pagos propuesto por la apoderada judicial de la demanda. , solicitándole además la entrega de los siguientes documentos: La Forma 14-02, La Forma 14-03, la Forma 14-100, Constancia de Trabajo y Carta de Participación de Notificación de Retiro del Trabajador, a lo cual la apoderada judicial de la empresa demandad se compromete a gestionar ante dicha empresa y hacerle entrega al demandante de los mismos, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), de esta Coordinación del Trabajo. Este Tribunal vista la aceptación manifiesta por parte del demandante y su abogada asistente conforme, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que conste en autos la entrega y recibo de los documentos requeridos por el trabajador, por parte de la empresa demandada. Cúmplase. Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes en la apertura de la Audiencia Preliminar, les fueron entregadas, en este mismo acto. Siendo las 1:10 PM. Se dio por terminado la presente audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA