REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 09 de Noviembre de 2009

199 y 150°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2009-001393
DEMANDANTE: HENRY FRANCISCO VINCENTT JIMENEZ
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: YSAURA DEL VALLE MORENO FERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: PEPSICOLA VENEZUELA, C. A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABGDA. MAIRALEJANDRA INFANTE Y OTROS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy lunes nueve (09) de Noviembre de 2009, siendo las 10:20 AM.,oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Calificación de Despido, le tiene incoado el ciudadano: HENRY FRANCISCO VINCENTT JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 10.298.018, parte actora y presente en este acto, comparecen a esta Audiencia los abogados en ejercicio, YSAURA DEL VALLE MORENO FERNANDEZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 109.149, asistiendo en este acto a la parte actora, y a su vez, MAIRALEJANDRA INFANTE, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 138.282, en su condición de apoderada judicial de la empresa demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado la apoderada judicial de la empresa demanda insiste en el despido del trabajador, para lo cual hacen un ofrecimiento de pago al mismo y le presenta, en este mismo acto, tres cheques especificados así: Cheque No. 00696279, por la cantidad de CIENTO VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 121.673,72), por el concepto de Antigüedad e Indemnización del artículo 125, de fecha 13 de Octubre de 2009; cheque No. 00704551, por la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 4.485,00), correspondiente a los Salarios Caídos, desde el 01-10-2009, hasta el 09-11-2009, de fecha 03 de Noviembre de 2009, y por último el cheque No. 00086022, por la cantidad de CUATRO MIL TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 4.038,92), por concepto del Fondo de Ahorros de los Trabajadores de Empresas Productoras de Refrescos y Afines, de fecha 08 de Octubre de 2009, todos a nombre del ciudadano HENRY FRANCISCO VINCENTT JIMENEZ, parte demandante en la presente causa, antes identificado, girados contra el Banco Provincial, como pago de los conceptos antes descritos, que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda. Acto seguido la parte demandante y su abogada asistente, deciden aceptar conformes los pagos propuesto por la apoderada judicial de la demanda, solicitándole además la entrega de los siguientes documentos: Carta de Trabajo y la Forma 14-03, a lo cual la apoderada judicial de la empresa demandad se compromete a gestionar ante dicha empresa y hacerle entrega al demandante de los mismos, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), de esta Coordinación del Trabajo. Este Tribunal vista la aceptación manifiesta por parte del demandante y su abogada asistente conforme, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que conste en autos la entrega y recibo de los documentos requeridos por el trabajador, a la empresa demandada. Cúmplase. Se deja constancia que la apoderada judicial de la empresa demandada, consigna, en este mismo acto, copia de instrumento Poder, el cual será certificado una vez que presente por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), de esta Coordinación del Trabajo, los originales del mismo y del Registro de Comercio de la empresa, para anexar al expediente. Siendo las 12:05 PM. Se dio por terminado la presente audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA,