REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, DIECINUEVE (19) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
199º y 150º

Visto el desistimiento de la acción suscrito por la abogada en ejercicio NAIDILU CAROLINA FREITES ABAROA, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.613, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BANCO MERCANTIL, C.A (BANCO UNIVERSAL), y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento de la acción, y le da carácter de sentencia pasado con autoridad de cosa juzgada. Desvuélvanse los originales solicitados previa su certificación en autos y entréguesele al interesado a los fines legales consiguientes.-


ABOG. ARTURO JOSE LUCES
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA

Exp- 31.431
Yosellys