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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN,  DIECINUEVE (19)  DE OCTUBRE DEL  AÑO  DOS MIL NUEVE.-
 199º y 150º
 
 Visto el desistimiento de la acción suscrito por la abogada en ejercicio NAIDILU CAROLINA FREITES ABAROA, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.613, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BANCO MERCANTIL, C.A (BANCO UNIVERSAL), y  por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento de la acción, y le da carácter de sentencia pasado con autoridad de  cosa juzgada. Desvuélvanse los originales solicitados previa su certificación en autos  y entréguesele al interesado a los fines legales consiguientes.-
 
 
 ABOG. ARTURO JOSE LUCES
 JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
 
 LA SECRETARIA
 ABOG. YOHISKA MUJICA
 
 Exp- 31.431
 Yosellys
 
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