REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 26 de Octubre del Dos Mil Nueve.

199° y 150°

Vista la diligencia suscrita por los Abogados en ejercicio JULIO CESAR RODRIGUEZ Y JORGE CESIN, en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano ALFREDO JOSE OLIVAR, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO por concepto de Comunidad Conyugal, sobre el Cincuenta Por Ciento (50%) de las Prestaciones Sociales que le puedan corresponder a la demandante, ciudadana VIRGENIS SILVA PADRON como trabajadora de la Empresa “PDVSA.”, generadas desde la fecha del matrimonio, vale decir, Quince de Agosto de Mil Novecientos Noventa y Dos (15-08-1.992) hasta la fecha Sentencia que declare la posible disolución del vínculo matrimonial y las cuales les puedan corresponder en caso de retiro, despido, jubilación, muerte o cualquier otra causa que ponga fin a la relación de trabajo. Para la práctica de esta medida se acuerda Comisionar al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara del Estado Monagas. Notifíquese de esta medida a la Consultoría Jurídica de la Empresa “PDVSA.”. Se libraron oficios Nros. 14210-09 Y 14211-09
LA JUEZA PROFESIONAL PRIMERA

Abg. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.

LA SECRETARIA

Abg. MARIA FABIOLA TEPEDINO

Exp. N° 21893/JACKISS