REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Coordinación Laboral del Estado Monagas
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, catorce de octubre de dos mil nueve
199º y 150º


ASUNTO : NP11-L-2009-000085



En virtud que ha concluido la Audiencia Preliminar en fecha 05 de octubre de 2009, y no fue consignado el escrito de contestación a la demanda, se ordena la remisión de presente expediente a los Juzgados de Primera Instancia de Juicio, por cuanto no fue posible la mediación entre las partes, de conformidad con lo previsto en el Artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Juzgado, en consecuencia, remite el presente expediente a la UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS, (U.R.D.D.), para su respectiva distribución entre los Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines de que continúe su curso de Ley. Líbrese Oficio
El Juez Provisorio


Abogado Víctor Elías Brito García

El Secretario (a),

Abg.







VEBG/bf.-