REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, MATURIN 27 de Octubre de 2009
ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2009-000910
PARTE ACTORA: JUAN ANTONIO CABEZA, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V- 10.943.738.
ABOGADOS ASISTENTES Y/O APODERADOS (AS) DE LA PARTE ACTORA: KARELIS CHACÓN Y JOSE LUIS ABREU en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los N° 101.328 y 124.543
PARTE DEMANDADA: SISMICA BIELOVENEZOLANA, S.A.
ABOGADO (A) APODERADO (A) DE LA PARTE DEMANDADA: VIRGENIS SILVA Y JOSÉ PALENCIA, abogados, en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 62.134 y 25.979.
ASUNTO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos.

En fecha 11 de Junio de 2009 el ciudadano JUAN ANTONIO CABEZA, identificado en autos, asistido por el abogado MEYCKERD ABAD comparecen por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Coordinación del Trabajo y presenta demanda por cobro DE PRESTACIONES SOCIALES contra la sociedad mercantil SISMICA BIELOVENEZOLANA, S.A. Distribuida la causa, correspondió su conocimiento al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, quien revisado el libelo de demanda, se procedió a la admisión de la demanda en fecha 15 de JUNIO de 2009 y en fecha 21 de Septiembre se recibió respuesta de parte de la Procuraduría General de la República con lo que se materializó la última de las notificaciones, anunciado el acto tal como consta en Acta cursante al folio Veintisiete del expediente(27), este Juzgado dejó constancia que realizado el anuncio por parte del Alguacil de esta Coordinación del Trabajo de la celebración de la Audiencia a la hora señalada en la instalación de la audiencia preliminar de fecha Trece de Octubre de 2009, cursante al folio veintiséis (26) del expediente, la parte actora no compareció ni por si ni por medio de sus apoderados judiciales constituidos abogados, ya identificados, a la realización de la Audiencia Preliminar. Se dejó expresa constancia de la puntual comparecencia de la apoderada de la parte demandada la abogada VIRGENIS SILVA.


Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, cuya falta acarrea las consecuencias jurídicas que dispone la propia Ley Adjetiva Laboral para la parte que no cumpla con su carga procesal, lo que conlleva forzosamente al Tribunal a dictar decisión oral conforme al caso.

DECISIÓN

Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar del ciudadano JUAN ANTONIO CABEZA parte actora en este procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas procedió a dictar la decisión en forma Oral tal como consta de acta levantada al efecto y publica en este mismo día la presente decisión. En consecuencia este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

Se advierte a las partes que podrán ejercer los recursos que consideren pertinentes dentro de los cincos días hábiles siguientes a la publicación de la presente decisión y deberán anunciar o consignar en dicha oportunidad los elementos o instrumentos que constituyan o contribuyan a la demostración de esa causa justificada de incomparecencia a la Audiencia Preliminar.


Publíquese y Regístrese la presente Decisión en esta misma fecha.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los veintisiete (27) días del de Octubre de Dos Mil Nueve (2009). 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

EL JUEZ

ABOG. VICTOR ELIAS BRITO GARCIA

LA SECRETARIA