REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL


Por cuanto en esta misma fecha se celebró la Audiencia Preliminar, en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido al acusado: AMERICO JOSÉ ALMEIDA RODRIGUEZ, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:

Identificación del Acusado

AMERICO JOSE ALMEIDA RODRIGUEZ, Venezolano, nacido en Maturín Estado Monagas, tengo 26 años de edad, nacido el 23/08/1983, Estado Civil Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.140.755, de profesión u oficio obrero, hijo de IRIS RODRIGEZ (V) y de AMERICO ALMEIDA (V), domiciliado en calle principal joropo, vía la pica, maturín estado Monagas presuntamente incurso en el Delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS , previsto y sancionado en el artículos 31 en su Tercer aparte, de la Ley Orgánica contra el Trafico ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de El Estado Venezolano.

De los Hechos y Motivos en Relación al acusado
“En fecha 28 de mayo de 2009, funcionarios adscritos a la división de investigaciones penales de la policía del estado Monagas, encontrándose de servicio en funciones de patrullaje en las inmediaciones de la calle principal del sector la pica a bordo de un vehiculo particular, avistan en las cercanías del centro penitenciario de oriente (pica), a un ciudadano con las siguientes características: piel de color morena, contextura delgado, estatura mediana, quien vestía para el momento franelilla de color azul, pantalón de jeans tipo bermuda, color azul y chancletas de color azul, y quien llevaba en su mano derecha un paquete de color blanco, este miraba hacia los lados de una forma nerviosa en vista del nerviosismo del ciudadano los funcionarios que integran la comisión del órgano policial proceden en uso de sus atribuciones conferidas a interceptarlo dándole para tales fines la voz de alto previa identificación como funcionarios policiales conforme a lo establecido en el articulo 117 ordinal 5 del código orgánico procesal penal, y proceden a indicarle que se le realizaría una inspección personal conforme con el articulo 205 del copp, interrogándole para tales efectos sobre si tenia algún objeto de índole criminalistico en su poder o adherido a su piel debía mostrarlo , indicando el mismo no tener nada , así mismo le indicaron los funcionarios actuantes al ciudadano que debía mostrar lo que tenia sujeto en la mano derecha, este abrió la mano y nos hizo entrega de una bolsa de papel plástico de color blanca , la cual al ser destapada contenía la cantidad de treinta y seis (36) envoltorios de los cuales catorce (14) son medianos confeccionados en papel aluminio, los cuales al ser destapados cada uno contenía en su interior residuos vegetales de color verde oscuro , de la presunta droga denominada marihuana y veintidós (22) envoltorios pequeños, confeccionados también en papel de aluminio, los cuales al ser destapados contenían en su interior una sustancia sólida de color blanca, de olor fuerte y penetrante de la presunta droga denominada crack, en visto de los argumentos anteriormente expuesto, proceden los funcionarios actuantes a incautar la sustancia y proceden a la detención del ciudadano por encontrarse incurso en la presunta comisión de un hecho punible previsto como delito en la lee orgánica contera el trafico y el consumo de sustancia estupefacientes y psicotrópica, imponiéndolo de sus derechos contemplados en le articulo 125 del código orgánico procesal penal quedando identificado el mismo de conformidad con lo establecido en el articulo 126 ejusdem como AMERICO JOSE ALMEIDA RODRIGIUEZ.”
Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

Se admitió totalmente la acusación presentada por el Fiscal Sexto (T) del Ministerio Público, Abg. RODOLFO SEEKATZ, Se Admite Totalmente La Acusación presentada por la Fiscalía 6° del Ministerio Público en contra del ciudadano AMERICO JOSÉ ALMEIDA RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículos 31 en su Tercer aparte, de la Ley Orgánica contra el Trafico ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por llenar los requisitos de forma y de fondo previstos en el artículo 326 ejusdem.


Pruebas Admitidas

Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por parte de la Vindicta Pública por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público y haber sido incorporas al proceso conforme a la ley, por ser necesarias, útiles y pertinentes en aras de la búsqueda de la verdad, como lo establece el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad al artículo 330 ordinal 9°.
Medida de coerción


En relación a la revisión de medida este tribunal de conformidad a los establecido en el artículo 330 ordinal 05 y visto que la Defensa Técnica no solicitó la revisión de conformidad al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, quien aquí decide que estamos en presencia de un delito de lesa humanidad, quedando excluidos los beneficio establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, prevaleciendo el criterio establecido por la corte de Apelaciones, así mismo por supremacía constitucional como lo prevé los artículos 7, 29 y 271 de nuestra Carta Magna, Dichos delitos son imprescriptibles, debe prevalecer el interés colectivo sobre el individual. Así también el articulo 251 ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Pena, es decir por la pena que pudiera llegar a imponer y por la magnitud del daño causado, por se considerados delitos graves declarando MANTIENE incólume la misma, es decir se mantiene la Medida Privativa de libertad, por cuanto no han variados las circunstancias que dieron origen a esta.

Orden de Abrir el Juicio Oral y Público


Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público para el ciudadano AMERICO JOSÉ ALMEIDA RODRIGUEZ por la presunta comisión del delito DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículos 31 en su tercer aparte, de la Ley Orgánica contra el Trafico ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas .


Emplazamiento a las partes

Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurra ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.




Instrucción al Secretario

Se instruyo a el Secretario de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.