REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.-

199º y 150º
Exp. 27.338
PARTES:

• DEMANDANTE: INVERSIONES GARCIA LANZ, C.A, respectivamente y de este domicilio.

• DEMANDADO: NORGI GIBORY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.379.125, respectivamente y de este domicilio.-

• MOTIVO: REIVINDICACION.

Vista la transacción celebrada de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, suscrita por el ciudadano JOSE ANTONIO ADRIAN ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.330.266, Abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2.032, en su carácter de Apoderado Judicial del BANCO MERCANTIL C.A. (BANCO UNIVERSAL), C.A, actuando en su carácter de parte demandante; y el ciudadano, MIGUEL ANTONIO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.327.321, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil “RUIZ SIMOZA CONSTRUCCIONES”, parte demandada, en el presente juicio que por RESOLUCUON DE CONTRATO CON RESERVA DE DOMINIO, tiene incoado por ante este Tribunal, la primera contra el segundo de los nombrados y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y le da carácter de sentencia pasado con autoridad de cosa juzgada. Devuelvanse originales previa certificación en autos.-





DR. ARTURO JOSE LUCES. LA SECRETARIA TEMPORAL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL ABOG. OLIVIA C. DIAZ.
Y.S