REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 30 de Septiembre de Dos Mil Nueve.
199° Y 150°
Visto el escrito suscrito por la ciudadana LISBET JOSEFINA CHACON FRANCO, titular de la Cédula de Identidad N° 16.807.073, debidamente asistida por el Defensor Público Segundo (S) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Abogado FERNANDO EUBIEDA APONTE, en la cual demanda al ciudadano JULIO CESAR MARABAY, titular de la Cédula de Identidad N° 14.939.454, por AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, niega la solicitud de aumento de Obligación de Manutención por cuanto al no haberse fijado la Obligación de Manutención, no es posible determinar aumento por dicho concepto, por lo que se insta a la solicitante a impulsar la citación del demandado para dictar sentencia. Cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL SEGUNDA
Abg. ELINA CIANO DE COOL´S
LA SECRETARIA
Abg. DIANA MINERVA LEZAMA
Exp. N° 7296
JACKISS
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