REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 20 de Abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-003898
ASUNTO : NP01-P-2008-003898

Revisadas las presentes actuaciones, y como quiera que la Sentencia Ejecutada por este Tribunal no refiere nada relativo a objetos incautados; en consecuencia este Juzgado atendiendo al contenido del artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal; aunado a la reiterada jurisprudencia de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en cuanto a devolución de objetos, retenidos o incautados en el proceso; acuerda declinar competencia y su vez, remitir la petición interpuesta en fecha 08/01/2010 por el ciudadano ABEL J. GARCIA (junto a la documentación anexa), referida a la entrega del vehículo Clase Automóvil, Marca Chevrolet, Modelo Corsa, Color Verde, tipo Coupe, año 2000, serial de motor 2YV301673, serial de Carrocería 8Z1SC21Z2YV301673, Placas DAS-58 y DESTINADO A USO PARTICULAR; al Departamento de Alguacilazgo de este edificio judicial, y se tramite la distribución de las actuaciones descritas al Juzgado de Control correspondiente, para que este resuelva sobre tal petición. Se remitirán igualmente copias certificadas de lo concerniente al bien requerido, cursante en el presente asunto. CUMPLASE.
LA JUEZ

ABG. MIRLA ELIZABETH ABANERO DE VIVAS
EL SECRETARIO

ABG.