República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.-
Maturín, 23 de Abril de 2.010.-
200° y 151°

Solicitud N° 2346-10.-
• SOLICITANTE: JESÚS ALBERTO CORADO CORONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.718.552.-
• MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO.-

Por recibida y vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO y los anexos acompañados, realizada por el ciudadano JESÚS ALBERTO CORADO CORONADO, antes identificado, se le da entrada y el curso legal correspondiente. Hágase las anotaciones pertinentes en el respectivo Libro de Solicitudes, bajo el Nº 2346-10. Esta Sentenciadora a los fines de pronunciarse sobre la admisión o no de la presente solicitud considera prudente realizar un análisis in limini litis de la pretensión contenida, todo lo cual se hace a los fines de preservar el orden público procesal.

En el caso de autos, tal y como se indicó anteriormente el peticionario, pretende obtener Titulo Supletorio sobre unas mejoras realizadas en una casa, que según su dicho le ha sido adjudicada en fecha 27 de Julio del año 2000, por la Empresa Cruzmo Consultores, C.A, esta vivienda según su dicho se encuentra enclavada en una parcela de terreno que fue adquirida por Cruzmo Consultores C.A. para construir una urbanización; la misma se encuentra ubicada en el Sector La Madricera, calle C-1, Casa Nº 14 del Municipio Maturín Estado Monagas, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con calle C-1 que es su frente, SUR: Con casa que es o fue de Ana Reyes, ESTE: Con casa que es o fue de Llanitas Romero, OESTE: Con casa que es o fue de Ana María Gutiérrez; enclavada en una parcela de terreno que mide Doce Metros Con Cuarenta centímetros por Quince Metros con Noventa centímetros (12.40 x 15.90) para un total de CIENTO NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIECISÉIS CENTÍMETROS (197,16 MTS2) , con mejoras de vivienda que constituyen un área aproximada de setenta metros con cincuenta y un centímetros (70, 51 mtrs2), y que las mencionadas bienhechurìas tienen un valor aproximado de NOVENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F 95.000).-

Según el escrito de solicitud el ciudadano JESÚS ALBERTO CORADO CORONADO, le fue adjudicado el bien inmueble descrito anteriormente, pero a los efectos de demostrar ante este Tribunal sus dichos, consigna copia simple de un Documento Privado, supuestamente expedido por la Empresa CRUZMO CONSULTORES C.A, en donde expresa que el Señor Jesús Alberto Corado cumplió con los requisitos exigidos para Optar a una vivienda en “EL JARDIN RESIDENCIAL LA MADRICERA” y que los recaudos consignados quedaron bajo el resguardo de la Guarnición del Estado Monagas.-

Siendo estudiado el caso de autos, esta Juzgadora considera que este recaudo no aporta certeza alguna de lo expresado por el solicitante en su escrito, lo cual se considera indispensable para expedir por este Juzgado, decreto en donde se declare las presentes actuaciones como Titulo Supletorio; es por ello que no le queda mas a este Tribunal que Inadmitir la presente acción. Y así se decide

En consecuencia de ello, este Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, intentada por el ciudadano JESÚS ALBERTO CORADO CORONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.718.552 y de este domicilio. Y así se decide.-

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente certificada a los fines indicados en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-

Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los Veintitrés (23) días del mes de Abril del año Dos Mil Diez (2.010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Conste.-
LA JUEZ TITULAR,

Abg. ODIELYS HERDE MARCANO.-
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. MARIA PATETE BRIZUELA.-
En esta misma fecha, se dicto la anterior decisión, a las 9:54 horas de la mañana. Conste.-

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. MARIA PATETE BRIZUELA.-
OHM/MPB/Karina G.-
Solicitud N° 2084-10