República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.-
Maturín, 06 de Abril de 2.010.-
199° y 151°

Solicitud N° 2198-10.-

En fecha 16 de Marzo de 2.010, se recibió por ante este Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de esta Circunscripción Judicial, solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano JOSÉ LEONARDO CERRADA BALZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.347.944 y de este domicilio; en esta misma fecha, se le dio entrada y el curso legal correspondiente. Realizándose las anotaciones pertinentes en el respectivo Libro de Solicitudes, bajo el Nº 2198-10. Asimismo, se le requirió al peticionario especificar dentro de un lapso perentorio de cinco (5) días, el tipo de terreno, bien sea, si es propio, privado, ejido Municipal o del Instituto Nacional de Tierras, en el cual se encuentran enclavadas las bienhechurías sobre las cuales pretende obtener el TITULO SUPLETORIO, puesto que no hizo referencia en su escrito tal dato, siendo el mismo fundamental para tramitar dicha petición.

Al respecto observa este Tribunal que hasta la presente fecha el ciudadano JOSÉ LEONARDO CERRADA BALZA, ya identificado, no ha comparecido por ante este Juzgado a los fines de cumplir con lo solicitado. Ahora bien, este Tribunal estima que la especificación del tipo del terreno, es indispensable a los fines de tramitar la presente solicitud, debido a que de ella depende la Competencia o no de este Juzgado para la evacuación de tal justificativo, no habiendo la parte interesada cumplido con lo exigido dentro del lapso otorgado por este Tribunal a tales fines, no le queda más a este Juzgado que Inadmitir la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley para su tramitación. Y así se decide.-

En consecuencia de ello, este Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, intentada por el ciudadano JOSÉ LEONARDO CERRADA BALZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.347.944 y de este domicilio. Así se decide.-

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente certificada a los fines indicados en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-

Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los seis (6) días del mes de Abril del año Dos Mil Diez (2.010). Años 199° de la Independencia y 151° de la Federación, siendo las 11:00 horas de la mañana. Conste.-
LA JUEZ TITULAR,

Abg. ODIELYS HERDE MARCANO.-

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. MARIA PATETE BRIZUELA.-


En esta misma fecha, se dicto la anterior decisión, a las 11:00 horas de la mañana. Conste.-

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. MARIA PATETE BRIZUELA.-
OHM/MPB/Keyris F.-
Solicitud N° 2198-10