República Bolivariana De Venezuela
En su nombre:
Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.
Maturín, 02 de Agosto de 2010.-
200º Y 151º

DEMANDANTE: FRANCYS MILANO VASQUEZ y NELSON YIBIRIN DAHDAH, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad N°: 9.428.784 y 10.482.848, e Inscritos en el Inpreabogado bajo los N°: 88.029 y 43.056, actuando en este acto como Apoderados Judiciales del Ciudadano: ANDRES FELIPE MARTINS MORA, de Nacionalidad Colombiana, Mayor de Edad, Soltero, domiciliado en Cali, Valle del Cauca, Titular de la Cedula de Identidad N°: 1.130.605.327.
MOTIVO: RECTIFICACION POR ERROR MATERIAL DE ACTA DE DEFUNCIÓN.-
EXPEDIENTE N°: (10.443)

Mediante escrito recibido por ante este Tribunal por vía de distribución, en fecha 25 de Mayo de 2010, la cual fue admitida por este Juzgado el día 27 de Mayo de 2010, mediante los Abogados: FRANCYS MILANO VASQUEZ y NELSON YIBIRIN DAHDAH, Apoderados Judiciales del Ciudadano: ANDRES FELIPE MARTINS MORA, en donde Solicitan la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION del Ciudadano: JOSE LUIS MARTINS DE FARIA, el cual falleció en el Municipio Maturín, Parroquia San Simón, día 08 de Octubre de 2009, según consta del acta de defunción N°: 257, Tomo 3, Acta de Defunción que en el presente acto acompañamos marcada con la letra “B”.
En fecha Veintiocho (28), de Octubre de 2009, dos y treinta y un minuto de la mañana, en la Calle A casa N° 08 la teresera sector Tipuro, Parroquia Boquerón de está Ciudad de Maturín del Estado Monagas, falleció el Ciudadano: JOSE LUIS MARTINS DE FARIA quien era de Nacionalidad Portuguesa, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad N° E- 1.033.161, natural de Madeira- Portugal tenia Cincuenta y ocho (58) años de edad de Estado civil Casado, y domiciliado en la misma dirección donde falleció a consecuencia de Edema Agudo Pulmón – Adenocarcinoma Páncreas quien contrajo dos Nupcias, la primera con la ciudadana LUZMINA CARIDAD HERNANDEZ, de quien se divorcio, y la segunda con: MIRÍAN DEL VALLE LEONETT de cuarenta y tres (43) años de edad de estado civil viuda de Profesión Abogado, titular de la cedula de identidad N° 6.633.493, domiciliada en la misma dirección del fallecido, deja dos hija e hijo de nombres DANIELYS KARINA MARTINS BRITO y LUIS PAULO MARTINS HERNADEZ, titulares de la cedula de identidad Nros. 20. 140.382 y 26.823.405, respectivamente mayor y menor de edad.-
Es el caso Ciudadano Juez, que en el Acta de Defunción N° 257, Tomo 3, de fecha Veintiocho (28), de Octubre de 2009, el ciudadano JOSE LUIS MARTINS DE FARIA, la cual fue otorgada por ante la Dirección de Registro Civil del Estado Monagas, su conyuge ciudadana: MIRÍAN DEL VALLE LEONETT, de cuarenta y tres (43) años de edad de estado civil viuda de Profesión Abogado, titular de la cedula de identidad N° 6.633.493, hace la participación por ante la Funcionaria Directora del Registro Civil, sobre el fallecimiento del mencionado ciudadano, y por un error involuntario omite mencionar a nuestro representado antes identificado, quien de manera fehaciente e indubitable aparece como hijo natural reconocido del de cujus, según consta y se desprende de Acta de Registro de Nacimiento la cual se encuentra anexa bajo la letra (C). Situación está gravísima por cuanto esto podría vulnerar los legítimos derechos de nuestro representado, en su carácter legítimo heredero del fallecido. De igual modo anexo marcado bajo la letra (D) Registro de nacimiento en original de JOSE LUIS MARTINS DE FARIA, (De cujus) ello con la finalidad de demostrar por ante esta respetable Juzgado que la misma persona sobre la cual se pretende, que este respetable Juzgado se pronuncie sobre lo solicitado: RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN, del ciudadano JOSE LUIS MARTINS DE FARIA, ello con la finalidad de hacer valer los legítimos e irrenunciable derechos Hereditarios de nuestro mandante…(omisiss)…
Admitida la presente demanda en fecha 27 de Mayo de 2010, se ordenó notificar a la Ciudadana Fiscal del Ministerio Público para que sirviera exponer lo que considere necesario en la presente solicitud.
En fecha 14 de Junio del 2010, comparece por ante este Tribunal la ciudadana Alguacil de este Juzgado y consigna Boleta de Notificación debidamente firmada por la Ciudadana Fiscal Octavo del Ministerio Público.

En fecha 06 de Julio de 2010, compareció por ante este tribunal la Apoderada judicial de la parte solicitante consignando en este Acto un ejemplar completo del diario Ultimas Noticias, de fecha 05 de julio de 2010. En donde en la pagina 19 se evidencia que salio publicado un Edicto de fecha 27 de Mayo del 2010, en el cual se insto a todas aquellas personas que se sintieran afectadas en sus Derechos e Intereses en virtud de la presente solicitud.
Ahora bien, siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal lo hace en base a las Consideraciones siguientes:

P R I M E R A
Que intentada y admitida la acción para lograr la Rectificación De Acta de Defunción del Ciudadano: JOSE LUIS MARTINS DE FARIA quien era de Nacionalidad Portuguesa, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° E- 1.033.161, ninguna persona compareció a oponerse a la pretensión de la parte solicitante.

S E G U N D A
Que de los recaudos acompañados a la demanda, se evidencia que el ciudadano: ANDRES FELIPE MARTINS MORA, es Hijo Natural Reconocido tal y como se verificó en el Registro de Nacimiento, expedido por el Registro de Nacimiento con identificación N° 86-05-06, (1 parte básica) 33464 (2 parte compl) Registro de Nacimiento de fecha 06 de Mayo del Año 1986, quien de manera fehaciente e indubitable aparece como hijo natural reconocido del de cujus, según consta y se desprende de Registro de Nacimiento la cual se encuentra anexa bajo la letra (C); y que por error material involuntario de la persona que presento ante el funcionario al de cujus que expidió el Acta de Defunción, en la misma obvio mencionar a nuestro representado antes identificado como Hijo Natural Reconocido, tal como se evidencia en la mencionada Acta de Nacimiento, la cual corre inserta en el folio N°: 10 del presente expediente y Así se Declara Expresamente.

T E R C E R A

En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de los Municipios, Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR La solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION del Ciudadano: JOSE LUIS MARTINS DE FARIA, de Nacionalidad Portuguesa Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° E- 1.033.161, para que se haga la respectiva corrección en los Libros de Defunción la cual corre inserta en el Acta N°: 257, Tomo 3, de fecha Veintiocho (28), de Octubre de 2009, llevados por ante la Dirección de Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 772 y siguientes ejusdem, Y ASÍ SE DECIDE.

Remítase a las Autoridades del Registro Civil correspondiente las copias certificadas de la presente Decisión, debidamente ejecutada a los fines de dar cumplimiento a lo antes ordenado.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas. Maturín, Dos (02) de Agosto del 2.010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ TITULAR:

ABG. LUIS RAMÓN FARIAS GARCIA

LA SECRETARIA TEMPORAL;

ABG. MARIA EMILIA ARIZA GOMEZ



En esta misma fecha, siendo las Diez y Veinte de la mañana (10:20 am), se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.

LA SECRETARIA TEMPORAL;

ABG. MARIA EMILIA ARIZA GOMEZ


Exp N°: 10.443