REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN Y DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.


ASUNTO:JMS-1-L-2010-000052

SOLICITANTES: ELUSMIGDA COROMOTO JEMENEZ GUERRA y JOSE AUGUSTO TENORIO PREIRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad núms. 12.794.773 y 14.560.084, respectivamente
ABOGADO ASISTENTE: LINO LISBOA, de este domicilio e inscrito en el IPSA con el No. 60.411.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS

En fecha 14-07-2010, fue recibida solicitud de Separación de Cuerpos por los ciudadanos arriba identificados, y asistido del profesional del derecho ya identificado.
Admitida la solicitud el 19-07-2010 por el procedimiento contenido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se fijó la oportunidad de llevarse a efecto la Audiencia de Sustanciación, para el día de hoy, 30-07-2010.
Que el día 23-07-2010 las partes confirieron poder apud acta al profesional del derecho que los asistido el cual cursa al folio 7 de los autos, que el día 02-008-2010, el Tribunal mediante auto expreso indicó que por cuanto el día 30-07-2010 no hubo despacho, se acordó diferir la audiencia para el día 11-08-2010.
Siendo el día y hora fijada para la realización de la audiencia Única de la fase de mediación de la audiencia preliminar, anunciado como fue el acto por el Alguacil, se dejó constancia de la no comparecencia de los solicitantes, por lo que el Tribunal dictó el dispositivo, declarando desistido el procedimiento, extinguida la instancia y terminado el presente asunto.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
Siendo el día de hoy para llevarse a efecto el acto, se anunció el mismo con las formalidades de ley, no compareciendo los solicitantes, lo cual se dejó constancia en el Acta levantada en la oportunidad de la realización de la audiencia de la fase de mediación de la audiencia preliminar, considerando desistido el presente procedimiento.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación , Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EN CONSECUENCIA TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devuélvanse originales de los instrumentos presentados, déjese copia certificada de estos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, a los Once (11) días del mes de Agosto de 2010. Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZA,

ABG. ELINA CIANO DE COOLS
LA SECRETARIA,


ABG. DIANA MINERVA LEZAMA

En esta misma fecha se público y registro, siendo las 10.16 am, y se cumplió con lo ordenado.

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA
ASUNTO: JMS-1-L-2010-000052