República Bolivariana De Venezuela
En su Nombre
Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.
Maturín, 08 de diciembre de 2010
200º Y 151º

"VISTOS"

PARTE DEMANDANTE: EDUARDO JOSE FERNANDEZ CENTENO y MARIANELA DE JESUS SALAZAR FEBRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 15.813.542 y 16.809.006 asistidos por la abogada MARIA MAGDALENA AZOCAR PARIS, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 64.823.-

ACCIÓN DEDUCIDA: DIVORCIO – 185-“A”
EXPEDIENTE N°: (10.562)

Vista la demanda recibida por vía de distribución en fecha 22 de octubre de 2009, y previa revisión de la misma este Tribunal observa lo siguiente: Expone la parte accionante, Ciudadanos EDUARDO JOSE FERANDEZ CENTENO y MARIANELA DE JESUS SALAZAR FEBRES, supra identificados, que contrajeron matrimonio en fecha: “ 30 MAYO DE 2003 por ante el registro civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, lo cual consta en acta de Matrimonio marcada con la letra “A”, después de contraído el matrimonio fijamos nuestro domicilio en la en la calle Principal de Boquerón N° 17 Parroquia Boquerón, Municipio Maturín del Estado Monagas, en donde vivimos en perfecta armonía, comprensión y tranquilidad. Pero en fecha 02 de julio del año 2004, comenzaron a surgir serias dificultades ……que se prolongaron en el tiempo al punto que hasta la presente fecha hemos permanecido separado por mas de cinco años, lapso suficiente para que previo el tramite de Ley sea declarado el divorcio por ende la extinción de nuestro vinculo matrimonial …….en nuestra relación conyugal no procreamos hijos, de nuestra unión conyugal no adquirimos bienes que liquidar…. En consecuencia los hechos descritos encuadran dentro de los previsto en el articulo 185 numeral “A”, del Código Civil,.... (Omisiss)….-

En fecha 23 de Septiembre de 2010, se admite la demanda y se ordena la notificación de la Fiscal 8vo, del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y estando dentro del lapso legal para dictar sentencia en el presente juicio, el Tribunal lo hace en base a las siguientes consideraciones:

P R IM E R A

Admitida la demanda que fue presentada por ambos cónyuges y cumplidos como fueron los demás requisitos de procedencia de la acción, cuales son:
a) La notificación de la Fiscal del Ministerio Público, el cual emite opinión favorable recibida, el día 15 de Noviembre de 2010, tal y como consta al folio seis del presente expediente.
b) La existencia de la separación por más de CINCO años.
c) La presentación de la documentación requerida por el primer aparte del Artículo 185-A del Código Civil Vigente, es por lo que la acción por Divorcio debe prosperar Y así se decide.-

S E G U N D A

Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos EDUARDO JOSE FERANDEZ CENTENO y MARIANELA DE JESUS SALAZAR FEBRES, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nros 15.813.542 y 16.809.006 asistidos por la abogada MARIA MAGDALENA AZOCAR PARIS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.823 y de este domicilio, según Matrimonio de fecha 30 de mayo 2004 celebrado por ante el Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas lo cual consta en acta de Matrimonio marcada con la letra “A”.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA Y REMITASE OFICIOS A LA OFICINA DE REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO MONAGAS Y AL REGISTRO CIVIL DE ESTA CIUDAD a los fines de que se sirvan dar cumplimiento a lo aquí Decidido.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Maturín, a los OCHO (08) días del mes de DICIEMBRE dos mil Diez. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
EL JUEZ TITULAR




Abg. Luís Ramón Farias García.
EL SECRETARIO




Abg. Gilberto José. Cedeño.



En esta misma fecha, siendo las (10:00 am). Se dictó y publicó la anterior Sentencia. Conste.




EL SECRETARIO


Abg. Gilberto José. Cedeño.














EXP N°: 10.562
ABG. LRFG.
Abg. Ma. Emilia.