JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, QUINCE (15) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-

199° y 150°


Vista la anterior diligencia, suscrita por el ciudadano LUIS JOSE VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.31, en la cual ratifica la diligencia del folio 41, donde solicita la intimación de la Sociedad Mercantil EXTERRAN VENEZUELA, C.A, este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, observó: que consta en el folio 42, Compulsa de Intimación consignada por el Alguacil Titular de este Despacho, en la cual expone que no encontró ni le fue posible localizar al ciudadano JOSE APARICIO, en su carácter representante General de la Sociedad Mercantil EXTERRAN VENEZUELA, C.A, en virtud de lo antes expuesto mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandante, por tal motivo se niega lo solicitado. Y así se decide.




ABOG. ARTURO LUCES TINEO
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL


ABOG. YOHISKA MUJICA
LA SECRETARIA

Exp: 31.899
Yosellys