REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 07 de Junio de 2010

ASUNTO: NP11-L-2010-000051
PARTE DEMANDANTE: ENRRIQUE BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 14.338.353, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ABG. HUMBERTO BUCARITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 92.843
PARTE DEMANDADA: WIDE SERVICES INTERNACIONAL, C.A., Y CNPC SERVICES DE VENEZUELA LTD, S.A.
ABOGADAS ASISTENTE DE LA DEMANDADA: LILA AVILES e INES MARTINEZ HIGUEREY, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 109.086 y 96.755
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

La presente causa se inicia con la interposición de una demanda en fecha 15 de Enero de 2010, por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos, que intentara el ciudadano ENRRIQUE BARRETO, en contra de las empresas WIDE SERVICES INTERNACIONAL, C.A., Y CNPC SERVICES DE VENEZUELA LTD, S.A.
La demanda fue recibida por este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, siendo admitida, mediante auto de fecha 19 de Enero de 2010. Realizados los trámites de notificación correspondientes, en la fecha antes citada; dándose la apertura de la Audiencia Preliminar, para el 14 de Mayo de 2010, prolongándose la misma para el 07 de Junio de 2010, a las 10:30 AM; sin embargo, en fecha 31 de Mayo de 2010, el apoderado judicial del demandante ciudadano ENRRIQUE BARRETO, antes identificados, consigna diligencia donde expone: Desisto de la presente demanda, y una vez homologado tal acto, solicito se me devuelva las pruebas aportadas en el presente proceso. En tal sentido, este Tribunal, deja sin efecto la realización de la Audiencia Preliminar, prolongada para el día de hoy 07-06-2010, a las 10:30 AM., En consecuencia, éste Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO solicitado en la presente Y DECLARA TERMINADO EL PROCESO, que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, intentara el ciudadano ENRRIQUE BARRETO, en contra de las empresas WIDE SERVICES INTERNACIONAL, C.A., Y CNPC SERVICES DE VENEZUELA LTD, S.A., identificados en autos, dándole efectos de Cosa Juzgada, y acuerda la entrega de las pruebas consignadas en la apertura de la Audiencia Preliminar, y ordena el archivo del presente expediente.-
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín a los siete (07) días del mes de Junio del año dos mil diez (2010). Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez Temporal

Abg. Ramón Velásquez. Secretario (a),

En esta misma fecha, se registró y publicó la anterior sentencia. Conste.
Secretario (a),