JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIEZ DE MARZO DEL DOS MIL DIEZ.

199° y 151°

Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano: DANIEL JOSE ALVAREZ SUAREZ, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 37.137, actuando con el carácter que tiene acreditado en autos, el Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, por cuanto de la revisión de las actas procesales , se observa lo siguiente: 1) Que en la oportunidad de admitir la demanda , se incurrio en error material involuntario de colocar en la compulsa de citación la direccion del demandado ,como domiciliado en la Calle Los Chaguaramos, c/c, San José Sector Las Charas de la ciudad de Anaco, Estado Anzoátegui , cuando lo indicado en la demanda es domiciliado en : Servicios Halliburton de Venezuela S.A., Calle 13 entre Calle 4 y 5, Zona Industrial ZIMCA, Edificio Halliburton de la Ciudad de Maturín, Estado Monagas y 2) Se le concedieron erróneamente dos (2) días, como termino de distancia de venida; es por lo que este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del código de procedimiento civil, el cual establece: Los Jueces procuraran la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal… , REPONE la causa al estado de que sea admitida nuevamente la demanda y lo hace en este mismo acto. Cúmplase.



DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


LA SECRETARIA,
YOHISKA MUJICA.



Exp.: 32.112.
AJLT/ ly