República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.-
Maturín, 25 de Noviembre de 2.010.
200° y 151°

Visto que los solicitantes cumplieron con lo peticionado por este Juzgado mediante auto dictado en fecha: 16/11/10. Ahora bien, cumplido como ha sido lo solicitado por este Órgano Jurisdiccional y en virtud de que la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbre ni a ninguna disposición expresa de la Ley; tal como lo preceptúa el articulo 341 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal la ADMITE de conformidad con los artículos 189, 190 del Código Civil y 762 del Código de Procedimiento Civil. Este Juzgado previo examen de los términos manifestados en el escrito de separación presentados por los cónyuges ciudadanos: THAMAR MILEIDIS CAIRO MAITA y JESÚS ANDRÉS PÉREZ MÁRQUEZ, ampliamente identificados, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, en la misma forma, términos y condiciones por ellos convenidos; suspendiéndose con ello la vida en común de los casados. Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación a la Fiscal Octavo (8vo) del Ministerio Publico del Estado Monagas, debidamente acompañada de Copia Certificada de la Solicitud. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,


Abg. ODIELYS HERDE MARCANO.
LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. MARIA PATETE BRIZUELA.

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.-

Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los Veinticinco (25) días del mes de Noviembre de Dos Mil Diez (2.010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
En esta misma fecha siendo las 11:00 horas de la mañana, se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.-
LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. MARIA PATETE BRIZUELA.
OHM/MPB/@lex
Exp. N° 3.152-10.