REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN Y DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

Maturín; 08 de Noviembre de 2010.-

200º y 151º
ASUNTO: JMS-1-L-2010-000066

Vista la demanda DIVORCIO ORDINARIO incoada por la ciudadana: BEATRIZ CECILIA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 8.800.594, a favor del Adolescente: (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE), en contra del ciudadano: en contra del ciudadano: CESAR RAFAEL MONCADO GAMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 5.621.915, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, estima lo siguiente:
PRIMERO: Las medidas preventivas son medidas excepcionales, de derecho singular y como tal son de interpretación restrictiva, por lo cual su aplicación es procedente solo cuando éste previsto expresamente por la disposición que las sanciona.
SEGUNDO: Los artículos 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niña y del Adolescente y 191º del Código Civil, establece que el artículo 512 “El Tribunal podrá disponer las medidas provisionales que Juzgue más convenientes al interés de los hijos, previa apreciación de la gravedad y urgencia de la situación...” Igual consideraciones establece el artículo 351 de la LOPNNA, el cual dispone “que en caso de Divorcio...., el juez de la Sala de Juicio debe dictar las medidas provisionales que se le aplicaran hasta que concluya el juicio correspondiente,..., así como en lo que concierne al régimen de visitas y de alimento que deben observar el padre y la madre respecto a los hijos....” Por otro lado, al artículo 360 ejusdem, señala”....que de no existir acuerdo entre el padre y la madre respecto a cual de ellos ejercerá la Guarda de los hijos, el Juez competente determinará a cual de ellos le corresponde...” .
TERCERO: El derecho reclamado por el demandante goza de verosimilidad, hasta que en el juicio no se pruebe lo contrario, y la misma no sea contraria a la Ley, al orden Público y las buenas costumbres, aún cuando el derecho reclamado puede ser desvirtuado en el curso del proceso. CUARTO: Con las pruebas aportadas, la demandante ha demostrado que es menester proceder de manera urgente a proteger el derecho reclamado y la posible ejecución de un fallo que le pudiera resultar favorable a sus hijo (a) (s).
Por las consideraciones expuestas este CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, DECRETA lo siguiente: 1) En relación a la Separación del hogar, en virtud de violencia intrafamiliar, la misma debe ser solicitada ante la Fiscalia de Violencia de Género. 2) Prohibición de Enajenar y Gravar de Bienes: a) Se niega la del inmueble ubicado en la Urbanización Colinas del Norte N° 57, Sector Tipuro, Maturín Estado Monagas, porque no se acompaña medio de Prueba que acredite que la misma pertenece a la Comunidad Conyugal. b) El CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Acciones de la EMPRESA INVERSIONES Y SERVICIOS CEMIBE C.A, la cual se encuentra registrado bajo el N° 65 del Libro A-3, correspondiente al Primer Trimestre del año 2008.
3) SECUESTRO: a) Se Niega secuestro de los bienes de la Empresa por cuanto es una persona jurídica que no es parte en el presente asunto. b) Secuestro del Vehiculo: cuyas características son las siguientes: Marca: Chevrolet, Modelo: Blazer 4x2, Tipo; Sport- Wagon, Placas FACO8U. c) Se niega Secuestro bienes que se encuentran en el inmueble ubicado en la Urbanización Colinas del Norte N° 57, Sector Tipuro, Maturín Estado Monagas, por la misma razones que se negó la medida de prohibición de enajenar y Gravar.
LA JUEZA


Dra. ELINA CIANO DE COOL’S


LA SECRETARIA


Abg. DIANA MINERVA LEZAMA






ASUNTO: JMS-1-L-2010-000066.-
ALEX.-