REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 14 de Octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-000448
ASUNTO : NP01-P-2010-000448

Recibido como ha sido el escrito presentado por el ciudadano: FREDY MANUEL GARCIA, mediante el cual se EXCUSA del cargo recaído en su persona como Juez ESCABINO, de conformidad a lo pautado en el artículo 154 Ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal observa que en la presente causa signada con la nomenclatura interna, : NP01-P-2010-000448, seguida contra del acusado; LUIS ENRIQUE VIVENES RIVERO, efectivamente se encuentra señalado el solicitante como juez esacbino, y asimismo acompaña en su escrito recaudo complementario de Reposo Medico emitido por la Dra. MARIBEL BETANCOURT, quien manifiesta que el ciudadano LUIS ENRIQUE VIVINES RIVERO; actualmente presenta. 1- ARTROSIIS DE RODILLA DERECHA; 2- HIPERTENSION ARTERIAL; por tal motivo el ciudadano Juez Escabino alega que le es imposible desempeñar el cargo antes mencionado y por su enfermedad no podrá asistir para cumplir con su labor de Juez Escabino se anexa constancia Medica de fecha 13-10-2010, y como quiera que el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 154 en su ordinal 3°, propone como causal de excusa, los que aleguen y acrediten suficientemente cualquier otra causa que les dificulte de forma grave el desempeño de la función, en consecuencia este Tribunal considera válida la excusa y lo excluye de participar en la causa NP01-P-2010-000448. Notifíquese. Agréguese copia certificada del presente auto en el cuaderno separado de JUECES ESCABINOS, a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
EL JUEZ


ABG. RAMON SALGAR
LA SECRETARIA

ABG. FLOR T. VALLES