REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 29 de Octubre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2004-018513
ASUNTO : NP01-S-2004-018513


Recibido como ha sido el escrito presentado por el ciudadano: FRINE GERTRUDIS URBAEZ MUJICA ; mediante el cual se EXCUSA del cargo recaído en su persona como Jueza ESCABINO, de conformidad a lo pautado en el artículo 154 Ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal observa que en la presente causa signada con la nomenclatura interna, : NP01-S-2004-0018513, seguida contra del acusado; EDUARDO RAFAEL BRITO VILLASMIL, efectivamente se encuentra señalada la solicitante como jueza esacbino, y asimismo acompaña en su escrito recaudo complementario Credencial del Tribunal Supremo de Justicia Dirección Ejecutiva de la Magistratura Estado Monagas donde se lee que la ciudadana FRINE GERTRUDIS URBAEZ MUJICA es ARCHIVISTA en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y la ciudadana ; por tal motivo la ciudadana Jueza Escabino alega que le es imposible desempeñar el cargo antes mencionado, y como quiera que el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 152 en su ordinal 5°, propone como Prohibiciones No podrán desempeñar la función de Escabino o Escobina; entre otros; los Funcionarios o Funcionarias del Poder Judicial, en consecuencia este Tribunal considera válida la excusa y la excluye de participar en la causa NP01-S-2004-18513. Notifíquese. Agréguese copia certificada del presente auto en el cuaderno separado de JUECES ESCABINOS, de igual forma este tribunal ordena notificar a los Escabinos seleccionados en la lista a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
EL JUEZ

ABG. RAMON SALGAR

LA SECRETARIA


ABG. KENDAL ROMERO