REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

200º y 151º
Exp. N° 31.255

Vista la apelación ejercida por los ciudadanos INES MARIA JIMENEZ y RAFAEL QUINTIN, abogados en ejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo los números 149.111 y 33.863, actuando en su condición de apoderados judiciales de la parte demandante contra la sentencia dictada en fecha 04 de octubre del 2.010. Establece nuestro Código de Procedimiento Civil, en su articulo 337 “…La sentencia sobre la invalidación es recurrible en Casación, si hubiere lugar a ello.” Por tal motivo este Juzgado Niega la apelación ejercida por los apoderados judiciales de la parte demandada en el presente proceso.

Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA,

Exp. N° 31.255
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