República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.-
Maturín, 11 de Octubre de 2.010.-
200° y 151°

Visto el expediente signado bajo el Nº 14.175, de la nomenclatura interna del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, recibido en este Juzgado por Distribución, en virtud de la Declinatoria de Competencia en razón de la materia dictada por el citado Juzgado, en la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, intentada por los ciudadanos: DEYANET DEL CARMEN ZERPA y RAFAELANGEL JÚNIOR VELÁSQUEZ DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.807.019 y V-23.606.595, respectivamente, y de este domicilio; debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio: MARISELA MALAVE RENGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.243.477, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.551, y en virtud de que la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbre ni a ninguna disposición expresa de la Ley; tal como lo preceptúa el articulo 341 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal la ADMITE de conformidad con los artículos 189, 190 del Código Civil y 762 del Código de Procedimiento Civil. Este Tribunal previo examen de los términos manifestados en el escrito de separación presentados por los cónyuges, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS en la misma forma, términos y condiciones por ellos convenidos; suspendiéndose con ello la vida en común de los casados. Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación a la Fiscal octavo (8vo) del Ministerio Publico del Estado Monagas, debidamente acompañada de Copia Certificada de la Solicitud. Asimismo se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas y hacerle entrega de las mismas a la parte interesada, de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.- Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,

Abg. ODIELYS HERDE MARCANO.
LA SECRETARIA TITULAR,

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.-
Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los Once (11) días del mes de Octubre de Dos Mil Diez (2.010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
En esta misma fecha siendo las 11:00 horas de la mañana, se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.-
LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. MARIA PATETE BRIZUELA.
OHM/MPB/@lex
Exp. N° 3093-10.-