REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 15 de Octubre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000210
ASUNTO : NP01-D-2010-000210

JUEZA: ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ
SECRETARIO DE SALA: ABG. MARIA GABRIELA BRITO
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. LERIDA RODRIGUEZ.
DEFENSA: ABG. MIGDALYS BRITO
IMPUTADOS: IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
DELITO: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS
AUTO DE ENJUICIAMIENTO

Culminada la Audiencia Preliminar celebrada en esta misma fecha, este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a publicar el contenido del Auto de Enjuiciamiento del imputad IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA, conforme a lo previsto en el Artículo 578 literal “a” y 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, de la siguiente manera.
PRIMERO:
ADMISIÓN DE LA ACUSACIÓN
SE ADMITE en parcialmente la Acusación presentada por el Ministerio Público por ante este Tribunal, en la cual se describe el hecho objeto del juicio el cual ocurrió “En fecha 24/05/10, siendo las 06:50 de la tarde, se desplazaban por la calle diez del sector EL DILUBIO de esta ciudad los funcionarios agente ANGEL PRESILLA, FRANCISCO CIRO ORTA, quipe se encontraba en compañía del detective BAUDILIO PLAZA, agente ANGEL PRESILLA, FRANCISCO VELASQUEZ y ANTONIO ZERPA, cuando lograron avistar dos sujetos en actitud sospechosa … y visualizaron que tenían cada uno en sus manos un envoltorio plástico de color negro, procediendo dichos sujetos a arrojar los envoltorios al suelo por o que le dieron la voz de alto donde luego de identificarse como funcionarios del Cuerpo de Investigaciones, científicas, Penales y criminalisticas de maturín estado Monagas hicieron una revisión corporal logrando ubicar a poco centímetro en el suelo dos envoltorios elaborado de material sintéticos de color negro, contentivo en su interior de la presunta droga denominada marihuana, asimismo uno de los sujetos resulto ser mayor de edad y quedo identificado como MANUEL DEL JESÚS GARCIA LOPEZ, de 18 años … y el adolescente como IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA, …”.
SEGUNDO:
CALIFICACIÓN JURÍDICA

Vista la Calificación Jurídica realizada por la Fiscal Décima del Ministerio Público este Tribunal controlador de la acusación la comparte ampliamente, LA CALIFICACIÓN JURÍDICA en la causa seguida al ciudadano acusados IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA , por en perjuicio DEL ESTADO VENEZOLANO.
TERCERO:
IDENTIFICACION DEL ACUSADO

EIDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA
CUARTO:
RESPECTO A LAS PRUEBAS
Se ADMITEN la pruebas presentadas en su Totalidad, señaladas en el Literal “H” llamado Medios de Pruebas del escrito de acusación, por ser estas necesarias, útiles y pertinentes, debiendo ser debatidas en Juicio Oral y Privado a los fines de establecer la verdad de los hechos investigados y objeto de este proceso. En base al Principio de la Comunidad de las Pruebas, se hacen de ambas partes las Pruebas Promovidas siempre y cuando favorezcan a los acusados. De igual forma se admite el escrito presentado por la defensa pública en fecha 13-10-10 por haber sido presentado en tiempo hábil.
QUINTO:
PROCEDENCIA, RECHAZO O SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR
En cuanto a la medida privativa impuesta en su oportunidad al joven IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA, este Tribunal la sustituye la medida privativa de libertad que pesa sobre el antes mencionado joven, por una medida cautelar de las previstas en el artículo 582 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, es decir presentación cada treinta (30) días por ante el Departamento de Trabajo Social de este Circuito Judicial Penal, en virtud de que el delito cometido no merece sanción privativa de libertad; asimismo se deja constancia que el joven de auto deberá quedar recluido a la orden de este Tribunal en la Entidad Socio Educativa General José Francisco Bermúdez, en virtud de que pesa una medida privativa por el presunto delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA. Se deja constancia que este joven iniciará las presentaciones en este asunto una vez se solucione su situación actual.
REMISIÓN A JUICIO

SE ORDENA EL PASE A JUICIO del imputado hoy acusado IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA, por estar incurso en la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio DEL ESTADO VENEZOLANO, por haberse admitido la acusación fiscal en toda y cada una de sus partes y en consecuencia se emplaza a todas las partes para que en un plazo común de cinco días concurran ante el Tribunal de Juicio correspondiente, plazo que se contará a partir de la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal en referencia. Se acuerdan las copias solicitadas. Se ordena la remisión de las actuaciones que conforman la presente causa en esta misma oportunidad al Tribunal de Juicio.
LA JUEZA DE CONTROL

ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ
EL SECRETARIO
ABG. HENRRY JOSE MAICAN