REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 30 de Septiembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : NK01-P-2003-000025
ASUNTO : NK01-P-2003-000025


Visto el Oficio Nro. 10793-10, emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística de Maturín Estado Monagas, donde informan que el ciudadano FERNANDEZ IDROGO ASDRUBAL RAMON, titular de la Cedula de identidad N° 14.035.020, se encuentra SOLICITADO tanto por ante el tribunal el segundo de Ejecución según oficio N° 2E-1425-07, anexando en consecuencia recaudos.- El Tribunal previamente observa:

De la revisión detallada de las actuaciones se aprecia que en fecha 11-09-2007, este tribunal dictó decisión donde el tribunal Segundo de Ejecución de Guardia acordó REVOCAR el Beneficio de RÉGIMEN ABIERTO que le fuera otorgado y ordenar en consecuencia la APREHENSION del mismo; librándose los oficios pertinentes a los órganos policiales competentes.-

En fecha 12 de Agosto de 2009, se dictó AUTO DE NUEVO COMPUTO POR CAPTURA y se ordenó dejar sin efecto las ordenes de aprehensión, sin embargo se evidencia que los oficios no se materializaron, originado en consecuencia que hasta la presente fecha aún existe la solicitud de captura en el Sistema de Información Policial, motivó para que funcionarios policiales procedieran a la aprehensión del mismo, por lo que ante tal situación no atribuible al penado FERNANDEZ IDROGO ASDRUBAL RAMON, deviene su privación de libertad en ilegitima; en consecuencia se declara su LA LIBERTAD INMEDIATA. Así se declara.



DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en conocimiento de la causa, PRIMERO: DECRETA: LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano FERNANDEZ IDROGO ASDRUBAL RAMON, ampliamente identificado en autos, la cual se hará efectiva desde las instalaciones de la Comandancia General de la Policía de este estado y SEGUNDO: ordena Dejar sin efecto los Oficios. 2E-1425-07, y 2E-1426-07, de fecha 14 de Septiembre de 2007, librados por el Tribunal Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial de Monagas encontrándose de guardia, al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y Comandante de la Policía de Este estado, anexo copia certificada de la decisión a los fines de que sea excluido de pantalla. TERCERO: Notifíquese al penado de que deberá comparecer por ante este tribunal para el día Lunes 04 de Octubre de 2010, a los fines de sostener entrevista con la jueza.- Hágase lo conducente

La jueza,


ABG. ODULIA RUIZ BELMONTE



La secretaria,


ABG. MARIA A. VASQUEZ