REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.



ASUNTO: JMS-1-L-2010-000100


SOLICITANTES ARISTOFANES ALIRIO RODRIGUEZ JIMENEZ Y LAGDA ROS RODRIGUEZ RIVERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Núms. 8.294.080 y 12.184.834, respectivamente,.
ABOGADA ASISTENTE: Marlin Yohana Campos Rico, de este domicilio e inscrita en el IPSA con el No. 131.993.
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS.

En fecha 23-07-2010 fue recibida por ante el extinto Tribunal de Protección de esta Circunscripción Judicial, solicitud de Separación de Cuerpos por los ciudadanos arriba identificados, y asistido de la profesional del derecho ya identificada.
Admitida la solicitud en fecha 29-07-2010 por el procedimiento de Jurisdicción Voluntaria previsto en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se fijó la oportunidad de llevarse a efecto la Audiencia de Sustanciación, para el día 13-08-2010 a las 11.00 am., y en vista de que el Tribunal no despacho ni dio audiencia en es oportunidad, por auto del 16-09-2010 se fió la misma para el día lunes 27-09-2010 a las 10.30 a.m., acto el cual se publicó en las carteleras de la sede del Circuito como en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia, en la sección de Regiones.
Siendo el día y hora fijada para la realización de la audiencia Única de la fase de mediación de la audiencia preliminar, anunciada como fue el acto por el Alguacil, se dejó constancia de la no comparecencia de los solicitantes, por lo que el Tribunal dictó el dispositivo, declarando desistido el procedimiento, extinguida la instancia y terminado el presente asunto.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
Siendo el día de hoy para llevarse a efecto el acto, se anunció el mismo con las formalidades de ley, no compareciendo los solicitantes, lo cual se dejó constancia en el Acta levantada en la oportunidad de la realización de la audiencia de la fase de mediación de la audiencia preliminar, considerando desistido el presente procedimiento.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación , Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EN CONSECUENCIA TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devuélvanse originales de los instrumentos presentados, déjese copia certificada de estos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre de 2010. Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZA,

ABG. ELINA CIANO DE COOLS
LA SECRETARIA,


ABG. DIANA MINERVA LEZAMA


En esta misma fecha se público y registro, siendo las 10.58 am, y se cumplió con lo ordenado.

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA