REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

Maturín, 27 de Septiembre del 2010.-
200° y 151°

ASUNTO: JMS-1-S-2010-000571
INTERLOCUTORIA

En fecha 06-09-2010, comparecieron ante la Defensora de Derechos del Área de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Monagas, ciudadana ANA YILKA RUIZ TORREALBA , Venezolana, mayor de edad, abogada, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 88.335, debidamente acreditada por la Defensoria de Niños, Niñas y Adolescentes “SUEÑO INFANTIL” de la Fundación del Niño Seccional Monagas, debidamente inscrita ante el consejo Municipal de derechos del Municipio Maturín, en fecha 14 de febrero de 2005, de conformidad con el articulo 147, literal G de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de Niño (s), Niña (s) y/o Adolescente (s): (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE), quien(es) son/es hijo(as) de los ciudadanos: YELITZA REYES y NELSON HIDALGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-16.256.588 y V-5.859.682, respectivamente, de este domicilio, donde exponen: “Es el caso que las partes de forma VOLUNTARIA llegaron a los siguientes acuerdos: PRIMERO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. EL PROGENITOR ciudadano: NELSON HIDALGO, ALIMENTACION: se comprometió en contribuir con la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.F 500, 00), el treinta (30), para un total de MIL BOLIVARES (Bs.1000, 00) mensual, cantidad esta que será depositada, en la Cuenta de Ahorro N° 01020453410100347861 de la Entidad Bancaria Banco de Venezuela a nombre de la ciudadana: YELITZA REYES. SEGUNDO: HABITACION: además del monto fijado para la Alimentación de los Niños, el Padre se compromete y dicha cantidad que será depositada. TERCERO: ASISTENCIA Y ATENCION MÉDICA: En cuanto a los gastos de medicinas, consulta médica, exámenes de laboratorio y demás que el (niño (a) y/o Adolescente requiera, serán cubiertos por ambos Padres. TERCERO: EDUCACIÓN: Además del monto fijado para la Alimentación del niño (a) y/o Adolescente, el padre se compromete en contribuir con compra de Uniformes y Útiles Escolares para el periodo escolar: 2010-2011, para los Periodos escolares de los años siguientes, los gastos de uniformes y Útiles Escolares serán compartidos por ambos progenitores. CUARTO VESTIDO: Ambos Padres se comprometen en comprarle a sus hijos, vestimenta, calzado. QUINTO: ÉPOCA NAVIDEÑA: Además del monto fijado para la Alimentación de los Niños, el Padre se compromete en comprarle la vestimenta, calzado y juguete del 24 de diciembre y la madre la vestimenta del 31 de diciembre. OTROS: En cuanto a la demás Obligaciones, como Cultura, Recreación y Deportes, requerido por el (la) niño (a), serán cubiertos por ambos Padres. La cantidad fijada para los gastos de alimentación del (de la) niño (a) y/o Adolescente, será aumentada automáticamente, cuando el obligado recibiera un incremento en sus ingresos. Solicitan que el Tribunal apruebe el presente convenimiento y le imparta su homologación. Ahora bien, observa este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, que las partes tiene cualidad para formular conciliaciones, que el derecho reclamado y convenido no es contrario al orden publico, a la Ley ni a las buenas costumbres, y la misma fue realizada ante un funcionario Público que da fe del contenido y firma de las partes. Por lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA la conciliación que antecede, se le otorga el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, y se ordena el archivo del expediente, asimismo este Tribunal de oficio acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas y entregársele a las partes. Cúmplase.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dado, Firmado y sellado este CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. En Maturín, a los 27 días del Mes de Septiembre del 2010. Años 200 de la Independencia y 151 de la Federación.
LA JUEZA

ABG. ELINA CIANO DE COOL´S


LA SECRETARIA DE SALA

ABG. MARIA F. TEPEDINO








ASUNTO: JMS-1-S-2010-000571, Alexandra.-