REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Comisión 5016-11 En hora de Despacho del día de hoy, PRIMERO DE ABRIL DEL 2011, siendo las diez de la mañana, se traslada y constituye este tribunal ejecutor a los fines de darle cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente No. 2850, contentivo del Juicio que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales Judiciales, seguido por le abogada SARA ELENA LEON BOHORQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.4.992.302, inscrita en el inpreabogado No.21.726, contra la ciudadana NELLY HERMINIA CALLES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.739.194, juicio en nel cual fue decretado Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de SIETE MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.7.400.00)si son cantidades de dinero y en caso de embargar bienes muebles será hasta por la cantidad de CATORCE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.14.800.00) seguidamente el Tribunal se constituye en compañía de la parte actora abogada en ejercicio SARA ELENA LEON BOHORQUEZ, ya identificada en la sede principal de la Entidad Bancaria BANCO OCIDENTAL DEL DESCUENTO, ubicada en la avenida 77 con Cinco de Julio del Municipio Maracaibo Estado Zulia, a los fines de cumplir con lo comisionado.- Seguidamente se procede a notificar del traslado y constitución del tribunal ejecutor al ciudadano LUIS QUINTERO, venezolano, mayor de edad, abogado inscrito en el Inpreabogado No.103.111, quien dijo ser Gerente de Consultaría y Dictamen del Banco Occidental del Descuento.- Acto seguido la parte actora SARA ELENA LEON BOHORQUEZ, ya identificada, expone: “ En vista del exhorto del Tribunal de la Causa, exhortando al tribunal ejecutor a practicar la medida preventiva de embargo sobre los bienes muebles, vehículos o cantidades de dinero que le pertenezcan a la ciudadana NELLY HERMINIA CALLES DE QUINTERO, y estando constituido el Tribunal en la consultaría jurídica del BOD, siendo atendido por el abogado LUIS QUINTERO, con el carácter indicado, mostró un Cheque de Gerencia a nombre de la Ciudadana NELLY HERMINIA CALLES DE QUINTERO, el cual manifiesta el notificado que es un titulo valor que no son cantidades de dinero, a la cual yo estoy demandando las cantidades de dinero o cheques que estén a nombre de la demandada, los títulos valores son canjeables en dinero, y le indique a este digno Tribunal sea Embargado o le indico a este digno tribunal sea embargado este cheque de gerencia a nombre de la demandada, y le requiero a este Despacho que le solicite a la Entidad Bancaria Correspondiente lo ponga a nombre del Tribunal de la causa Tal como lo ordena el Juzgado Segundo de los Municipios Maracaibo, San Francisco y Jesús Enrique Lossada, es decir, insto muy respetuosamente a este Tribunal le de cumplimiento a lo ordenado por el exhorto. Acto seguido este Tribunal le solicita a la persona notificada con el carácter de autos si existe en esta Entidad Bancaria un Cheque a nombre de la demandada de autos ciudadana NELLY HERMINIA CALLES, el cual fue indicado para ser embargado por la parte actora. En este estado el notificado de autos expone: “ Conforme al Oficio No. 1470-2010, de fecha 4 de octubre del 2010, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en al Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, se recibió la orden de librar las cantidades de dinero que correspondiere por concepto de Partición y Liquidación de la Comunidad Hereditaria del ciudadano SEBASTIAN QUINTERO GONZALEZ, hecho que es del conocimiento de la hoy demandante dado que representaba o representa los intereses de los demandantes de dicho proceso, es así, que el Banco procedió a librar tanto cheques de gerencia como herederos existieren en la sucesión del ciudadano antes mencionado en tal sentido, a la ciudadana NELLY CALLES DE QUINTERO, le correspondió el catorce con veintinueve por ciento 14,29% de las cantidades de dinero depositadas en la cuenta numero 0121-0214-38-0100503595, es así, que el instrumento a nombre de la Ciudadana NELLY CALLES DE QUINTERO todavía se encuentra en poder de esta Institución Bancaria, es todo.- En este estado vista la exposición del notificado el ciudadano LUIS QUINTERO, con el carácter actos, este Tribunal a los efectos de darle cumplimiento a lo comisionado solicita le indique a este tribunal cual es el monto que posee el cheque a nombre de la ciudadana NELLY HERMINIA CALLES, hoy demandada.- En este estado el notificado de autos expone: “ El cheque de Gerencia Numero 09969258 de fecha 21 de marzo del 2011, se libro por la cantidad de 6.549,22 Bs. es decir SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTIDOS CENTIMOS, es todo.- Acto continuo la parte actora ciudadana SARA ELENA LEON BOHORQUEZ, ya identificada, expone: “ En vista de la exposición del notificado abogado LUIS QUINTERO quien amablemente nos indicó, nos señalo y mostró el cheque de gerencia antes identificado por el, nuevamente muy respetuosamente le solicito a este tribunal suficientemente comisionado el embargo del cheque antes mencionado e inste a la entidad financiera para que sea cambiado a la orden del tribunal de la causa, tal como lo solicita en el exhorto, en los cuales deberán ser remitidos en cheque de gerencia a ese tribunal, es todo “.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la Republica y Autoridad de la Ley, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE LA CANTIDAD DE DINERO QUE SE ENCUENTRA EN EL CHEQUE DE GERENCIA ANTES INDICADO POR LA CANTIDAD DE SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTIDOS CENTIMOS (Bs.6549,22) cantidad esta que le corresponde a la demandada de autos, notificando en este acto al ciudadano abogado LUIS QUINTERO, que las cantidades de dineros aquí embargadas preventivamente deben ser remitidas en cheque de gerencia a nombre del Tribunal de la Causa.- En este estado el notificado con el carácter de autos expone: “ Solicito al Tribunal muy respetuosamente nos permita efectuar los trámites administrativos a los fines de cambiar los cheques de gerencia a nombre del tribunal de la causa, dado que, por estar constituido en la sede del BANCO OCCIDENTAL DEL DESCUENTO, dado que operativamente se hace imposible efectuar el cambio en esta oficina, recordando que entre el Banco Occidental del Descuento y CorpBanca existe un proceso de fusión e integración operativa que permite efectuar ciertas operaciones de Corpbanca ante el Banco Occidental del Descuento pero no es posible canjear un cheque de Corpbanca por otro cheque de Corpbanca en la sede física del Banco Occidental del Descuento, esto lo digo, por cuanto el cheque de gerencia en referencia a nombre de la ciudadana NELLY CALLES, fue librado por la Entidad Bancaria Corpbanca, es todo”. De inmediato estando presente la parte actora expone: En virtud que la cantidad embargada no cubre los montos indicados por el exhorto comisorio, es decir la cantidad de SIETE MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 7400.00) me reservo el derecho de seguir embargando bienes de la demandada hasta cubrir la cantidad antes indicada, de igual manera solicito al tribunal ejecutor remita la presente en el estado en que se encuentra al tribunal de origen, es todo.- “Este tribunal vista las exposiciones que anteceden remite la presente comisión en el estado en que se encuentra al tribunal de origen.- La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel alguno en cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Concluye el acto siendo las UNA DE LA TARDE DEL DIA DE HOY.- Terminó, se leyó y conformes firman.- Enmendado ejecutor, consultaría, solicite, cumplimiento, Francisco, ejecutor, expone, Bolívares, origen, occidental (valen)
La Juez
EL NOTIFICADO,
Abg. ZIMARAY CARRASQUERO

LA EJECUTANTE



LA SECRETARIA ,

Abg. LINDA AVILA.