REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 12 de Agosto de 2011
201º y 152º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000416
ASUNTO : NP01-D-2010-000416



Por cuanto se Recibe llamada Telefónica por parte de la Directora Inés Aguilera en la que pone en conocimiento a este Tribunal que los jóvenes IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, los cuales se encontraban fugados de dicha institución y que el día de hoy en horas de la tarde fueron reingresados a la Entidad Socio Educativa Dr. JESUS MARIA RENGEL por ordenes del Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes debido a que fueron capturados en la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHUCULO AUTOMOTOR, protagonizaron una situación causando destrozos en la institución, realizando un motín, situación que los pone en riesgo a ellos mismos a los demás internos, y al personal, mostrado comportamiento violento y agresivo, causando daños a la institución. Los cuatros jóvenes se evadieron. Logrando los maestros, custodios y el funcionario policial destacado en la institución darle alcance a tres de ellos, logrando detenerlos en su huida específicamente a IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA, quienes continuaron rompiendo paredes, causando destrozos, por lo que se solicito el auxilio policial y se presentó una brigada policial y continuaban desafiantes . Visto que ya estos adolescentes son incontrolables, visto que son reiteradas las fugas realizadas, visto igualmente que se han vuelto un riesgo para los demás adolescentes que si quieren cumplir su medida privativa de Libertad y representando estos jóvenes para la comunidad, debido a que en su estadía fuera de la institución cometen nuevos delitos, Como consecuencia de tal actuación, los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA serán trasladado, hasta la Comandancia General de Policía y en el momento en que son ingresado, en una celda SEPARADO DE LOS DEMÁS ADULTOS.
DISPOSITIVA En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA EL TRASLADO DE LOS ADOLESCENTES IDENTIDAD OMITIDA GOMEZ, IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA hasta la Comandancia General de Policía, en una celda SEPARADO DE LOS DEMÁS ADULTOS. Las autoridades de la Entidad Socio Educativa Dr. Jesús María Rengel deberán proveerles de alimentación, salud y deberán continuar con la vigilancia en el cumplimiento de su plan individual. Líbrese lo conducente. Notifíquese a cada uno de los defensores de estos jóvenes y a sus representantes.
La Juez de Ejecución

ABG. DILIA MENDOZA
LA SECRETARIA,


ABG. YOSERLINE RONDON