Comisión: 05642
NICOLAS RAMON LOPEZ LOPEZ/ FLOR VIDIA GARCIA
En horas de Despacho del día de hoy 03 de Agosto de 2.011, siendo las 12.50 p.m, se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas acompañado por el ciudadano NICOLAS RAMON LOPEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.392.958, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS IGNACIO LEONETT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.116.802, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 106.744, a los fines de practicar medida cautelar innominada, consistente en que cesen las amenazas por parte de la ciudadana FLOR VIDIA GARCIA de desocupar el inmueble ubicado en la Calle Nº 5, Nº 25, sector 1, sabana grande, parroquia Las Cocuizas Municipio Maturìn Estado Monagas, al ciudadano NICOLAS RAMON LOPEZ LOPEZ, a los fines de practicar la Medida Cautelar Innominada consistente en que cesen las amenazas por parte de la ciudadana FLOR VIDIA GARCIA de desocupar el inmueble ubicado en la calle Nº 5, Nº 25, sector 1 Sabana Grande, parroquia las cocuizas Municipio Maturìn del Estado Monagas, al ciudadano NICOLAS RAMON LOPEZ López; con motivo de Acción de Amparo Constitucional, decretada por el tribunal comitente: JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, contra la ciudadana: FLOR VIDIA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.644.891 y siendo las 1.15 p..m., se constituyó el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. Constituidos en el inmueble objeto de la presente medida, el Tribunal hace constar que no se encontró la ciudadana FLOR VIDIA GARCIA. Acto seguido interviene la parte actora y expone: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se ordena a la ciudadana FLOR VIDIA GARCIA cesen las amenazas de desocupar el inmueble ubicado en la calle Nº 5, Nº 25, sector 1 Sabana Grande, parroquia las cocuizas Municipio Maturìn del Estado Monagas, al ciudadano NICOLAS RAMON LOPEZ LÓPEZ; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.392.958. Así mismo se ordena librar boleta de notificación de la práctica de la presente medida, la cual se fijaran una en la puerta del Tribunal y la otra en el lugar donde se practico la medida. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 2:15 p.m
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA PARTE ACTORA y ABOGADO ASISTENTE

LA SECRETARIA