REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS
Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, veintiséis (26) de agosto de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-002550
ASUNTO : NP01-S-2011-002550

Visto el escrito presentado por el profesional del derecho OSCAR JESUS GONZALEZ MONTESINO, en su carácter de defensor privado del ciudadano CARLOS CHACON, en el presente proceso que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de violencia física y amenaza, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, mediante el cual solicita a este Tribunal se sirva oficiar a la Policía del Estado a fin de que remita copias certificadas del libro de novedades y el rol de guardia de unos días que señala en su escrito, arguyendo que con ello pretende demostrar que el funcionario actuante no se encontraba de guardia el día que aprehendieron a su defendido; al respecto, este Tribunal observa que de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Código Orgánico Procesal Penal, es al Ministerio Público a quien corresponde la acción Penal, y a éste corresponde de conformidad con lo previsto en el artículo 108 ejusdem dirigir la investigación de los hechos punibles y la actividad de los órganos de policía y está dentro de sus facultades, según lo prevé el artículo 309 del mismo texto adjetivo, exigir información a los funcionarios policiales respecto a las diligencias necesarias; en consecuencia, este Tribunal de Control, Audiencia y Medidas N° 2, NIEGA el pedimento formulado por el solicitante y así se decide, en el entendido que de conformidad con lo previsto en el artículo 125.5 del Código Orgánico Procesal penal, éste podrá dirigirse a la Fiscalía que corresponda a pedir la practica de diligencias de investigación destinadas a desvirtuar las imputaciones que se le formulen. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Jueza de Control, audiencia y Medidas N° 2,
Abg. Ligia Oliveros Velásquez
El Secretario,
Abg. Julio Gómez