N° DE ASUNTO NP11-L-2011-001609
PARTE ACTORA: JESUS ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.706.245 de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YULIMAR SIFONTES Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo los N° 58.184
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y SUMINISTRO DE ORIENTE SSO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA, MILANGELA HERNANDEZ Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo los números 75.816 de este domicilio.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy, 02 de diciembre de 2011, habilitaron el tiempo y comparecieron por ante este Tribunal el ciudadano JESUS ORTIZ, en su carácter de demandante, asistido por la Abg. YULIMAR SIFONTES, en su carácter de Apoderado Judicial de la demandante, la Abg. MILANGELA HERNANDEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa SERVICIOS Y SUMINISTRO DE ORIENTE SSO, C.A.., identificados todos en el encabezamiento de la presente acta, se da comienzo al presente acto, por cuanto han logrado un acuerdo en antes de la Audiencia Preliminar, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes: la parte actora solicita se le paguen los montos y cantidades indicadas en el escrito libelar por los conceptos allí explanados, los cuales suman la cantidad total de VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON 95 CENTIMOS, ( Bs. 22.334,95), siendo ésta la estimación de la demanda y para dar por concluido el presente reclamo y por vía de transacción, ofreció pagar al ciudadano JESUS ORTIZ, la cantidad de CINCO MILOCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON 22 CENTIMOS, (Bs. 5.850,22), el cual es cancelado mediante cheque número 00935011 del Banco Provincial por la cantidad de Bolívares 5.850,22 de fecha 18-11-11 a favor del trabajador, quien recibe en este acto. El Trabajador y su Apoderado Judicial manifiestan que están totalmente satisfecho con la reclamación que se sustancio en la presente causa señalando que no tiene nada más que reclamar a la empresa demandada por los conceptos reclamados por Prestaciones Sociales u Otros Conceptos, concluida de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto ut supra, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES. Y se le dará los efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente al Archivo Judicial.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. JOSÉ L. ADRIÁN MATA
LA SECRETARIA (0),
Abg.
El Trabajador y su Apoderado.

La Apoderado Judicial de la empresa.




En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).