REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 21 de Diciembre de 2011
201° y 152º

En el día de hoy, 21 de Diciembre del año dos mil once (2011), día y fecha, fijado y acordado para llevar a efecto este acto, y siendo las once y treinta (11:30 a. m.), se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento del ciudadano Ejecutante: LUIS ALBERTO JIMENEZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.784.476, domiciliado en el Municipio Maracaibo, Estado Zulia, y de tránsito por acá, debidamente asistido en este acto por el Defensor Público Segundo, para el área de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, extensión Santa Bárbara de Zulia, Abg. Ciro Ángel Parra, en la Av. 3, sector Juan Pablo Segundo, Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón, Estado Zulia, a los fines de fijar REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR PROVISIONAL, contra la ciudadana SDATCHA MIREYA BENAVIDES GARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.493.679, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Colón, Estado Zulia, en el cual el progenitor podrá compartir con los niños, los días 25 de Diciembre del año en curso desde las diez de la mañana (10:00 a.m.) hasta el día 27 a las siete de la noche (7:00 p.m.) y el 01 de Enero del 2012 desde las diez de la mañana (10:00 a.m.) hasta el 08 de Enero a las siete de la noche (7:00 p.m.), según lo ordenado por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 2, para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. En este estado se procede a notificar a la ciudadana de autos, ya suficientemente identificada. Esta Jurisdicción EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: fijado EL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR PROVISIONAL, decretado por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sala de Juicio – Juez Unipersonal Nro. 2. Siendo las once y cuarenta y cinco de la mañana (11:45 a.m.), se dio por cerrado el acto en santa paz. Terminó se leyó y conformes firman.
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El demandante y el Defensor Asistente,
La Notificada,
La Secretaria,
ABG. MARIEN CAROLINA POLO VERA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 21 de Diciembre de 2011
201° y 152º

Cumplida como ha sido la presente Comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado Comitente mediante Oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Secretaria,
ABG. MARIEN CAROLINA POLO VERA
En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve, constante de nueve (09) folios útiles, mediante Oficio número 6150-132.-
La Secretaria,
ABG. MARIEN CAROLINA POLO VERA