REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE
CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 27 de Octubre de 2011.
201° y 152°

AUTORIZACION PARA CONDUCIR VEHICULO EN CALIDAD DE DEPOSITO.

CAUSA N° 9C-S-021-01 AUTO MOTIVADO No. 441-11

Visto el escrito presentado por la ciudadana MARLENIS MARGARITA FEREIRA, titular de la cédula de identidad N° V.-5.035.225, domiciliado en el Municipio Mara del Estado Zulia, mediante el cual solicita la autorización para conducir el Vehículo que presenta con las siguientes características: PLACA AAB-01R, MARCA TOYOTA, MODELO STATION, AÑO 1996, COLOR VERDE, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA FZJ809008670, SERIAL DEL MOTOR 1FZ022744, al ciudadano ENGELBERTH ELVIS RINCON SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.921.468, a tales efectos este Juzgado para resolver lo solicitado hace las siguientes consideraciones:

Este tribunal, acordó LA ENTREGA MATERIAL EN CALIDAD DE DEPOSITO a la ciudadana MARLENIS MARGARITA FEREIRA, del Vehículo con las características: PLACA AAB-01R, MARCA TOYOTA, MODELO STATION, AÑO 1996, COLOR VERDE, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA FZJ809008670, SERIAL DEL MOTOR 1FZ022744, con la condición de presentarlo cada vez que sea requerido por este Tribunal o por la Fiscalía del Ministerio Publico, la prohibición expresa de enajenarlo o hacerlo objeto de gravamen y la prohibición de conducirlo otra persona distinta al solicitante sin previa autorización del tribunal, todo de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.

En tal sentido, una vez analizadas las razones de hecho y derecho en el presente asunto de la cual se desprende que la ciudadana MARLENIS MARGARITA FEREIRA, titular de la cédula de identidad N° V.-5.035.225, asistida en este acto por MAYOLA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.639, mediante escrito solicita LA AUTORIZACIÓN PARA CONDUCIR EL VEHÍCULO, que fue entregado a su persona, el cual presenta las siguientes características: PLACA AAB-01R, MARCA TOYOTA, MODELO STATION, AÑO 1996, COLOR VERDE, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA FZJ809008670, SERIAL DEL MOTOR 1FZ022744, a la persona del ciudadano ENGELBERTH ELVIS RINCON SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.921.468, es por lo que se considera procedente y ajustado a derecho DECLARAR CON LUGAR lo solicitado y en consecuencia se AUTORIZA al ciudadano ENGELBERTH ELVIS RINCON SANCHEZ, anteriormente identificado, a que conduzca por el Territorio Nacional el vehículo que presenta las siguientes características: PLACA AAB-01R, MARCA TOYOTA, MODELO STATION, AÑO 1996, COLOR VERDE, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA FZJ809008670, SERIAL DEL MOTOR 1FZ022744, debiendo éste cumplir con las expresas obligaciones de presentarlo cada vez que sea requerido por este Tribunal o por la Fiscalía del Ministerio Publico, y la prohibición expresa de enajenarlo o hacerlo objeto de gravamen. Y ASÍ SE DECIDE.-
DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL NOVENO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud efectuada por la ciudadana MARLENIS MARGARITA FEREIRA, titular de la cédula de identidad N° V.-5.035.225, asistida en este acto por MAYOLA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.639, y en consecuencia se AUTORIZA al ciudadano ENGELBERTH ELVIS RINCON SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.921.468, a que conduzca por el Territorio Nacional el vehículo que presenta las siguientes características: PLACA AAB-01R, MARCA TOYOTA, MODELO STATION, AÑO 1996, COLOR VERDE, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA FZJ809008670, SERIAL DEL MOTOR 1FZ022744. Regístrese, Notifíquese y luego de cumplir con los lapsos de ley Remítase a la Fiscalía del Ministerio Publico.
LA JUEZ NOVENA DE CONTROL (S)


ABOG. LEDA JIMENEZ JIMENEZ
LA SECRETARIA,


ABOG. ELIDE ROMERO PARRA



En la misma fecha se registró el presente auto motivado bajo el No. 441-11.-

LA SECRETARIA,


ABOG. ELIDE ROMERO PARRA

CAUSA: 9C-S-021-01