REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 12 de Enero de 2011
200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2008-000290
ASUNTO : NP01-D-2008-000290
JUEZ DE EJECUCION: ABG. DILIA MENDOZA BELLO
SECRETARIA: ABG. ANGELICA BARILLAS
SANCIONADOS: IDENTIDAD OMITIDA
DEFENSOR: ABG. FELIPE SANCHEZ. DEFENSOR PÚBLICO TERCERO ESPECIALIZADO
RESOLUCION: REVISIÓN DE LAS MEDIDAS LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA.



De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA y Simultáneamente REGLAS DE CONDUCTA, que fuere impuesta en sentencia dictada por el Tribunal Primero de Juicio de esta Sección Adolescentes de fecha 13 de Noviembre del 2009 a los sancionados IDENTIDAD OMITIDA. Este Tribunal para a revisar la Medida en los siguientes Términos:
En fecha 13 de Noviembre del 2009, el Tribunal Primero de Juicio Sección Adolescentes condena a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el Articulo 458 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal Vigente cometido en perjuicio de los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA. La sanción que han de cumplir es: IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir las medidas de DOS (02) AÑOS DE LIBERTAD ASISTIDA Y SIMULTANEAMENTE UN (01) AÑO DE REGLA DE CONDUCTA y el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, fue condenado a cumplir UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA Y SIMULTANEAMENTE UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA de conformidad a lo previsto en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Nina y del Adolescente.
En fecha 03 de Diciembre del 2009 este Tribunal dicta auto de ejecución y computo de las medidas impuestas a los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA.
En fecha 16 de Abril del 2010 se revisa y mantienen las medidas a los adolescentes sancionados, para esa fecha el sancionado IDENTIDAD OMITIDA había cumplido sus medidas por espacio de TRES (03) MESES Y NUEVE (09) DÍAS de la Medida Libertad Asistida y le faltaba por cumplir UN (01) AÑO OCHO (08) MESES y DIECISIETE (17) DÍAS Y SIMULTANEAMENTE OCHO (08) MESES y DIECISIETE (17) DÍAS de la medida REGLAS DE CONDUCTA. Aclarado este punto, pasa este Tribunal a revisar las Medidas. Y en cuanto al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA aun no había iniciado el cumplimiento.
En fecha 20 de Septiembre del 2010, este Tribunal Revisó y mantuvo las medidas a los sancionados, determinándose que el sancionado LUIS DAVID REYES MARCANO había cumplido CUATRO (04) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS de la medida LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA y LE FALTABA POR CUMLIR SIETE (07) MESES Y CINCO (05) DIAS de ambas medidas. Con respecto al sancionado JOSE MANUEL FIGUERA FLORES había cumplido OCHO (08) MESES Y TRECE (13) DIAS de la medida LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA y LE FALTABA POR CUMPLIR DE LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA UN (01) AÑO TRES (03) MESES y DIECISIETE (17) DIAS de la medida LIBERTAD ASISTIDA Y DE LA MEDIDA REGLAS DE CONDUCTA LE FALTABA POR CUMPLIR TRES (03) MESES y DIECISIETE (17) DIAS.
El día de hoy , se recibe informe del Departamento de Servicio Social Oficio S.S.S 0003-2011 referido al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, en donde se deja constancia que: “…acata de buenas maneras las recomendaciones, esta cursando bachillerato en el liceo PABLO NERUDA, … ha internalizado normas valores y principios. ..” SU EVALUACIÖN ES DE PRONÓSTICO FAVORABLE.
Por lo que hasta el día de hoy 12 de Enero del 2011, el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ha dado cumplimiento a su sanción por espacio de UN (01) Año y SEIS (06) días de la Medida LIBERTAD ASISTIDA por lo que le falta por cumplir de esta medida LIBERTAD ASISTIDA ONCE (11) Meses y VEINTICUATRO (24) Días. Y en Relación a la Medida REGLAS DE CONDUCTA se observa que la Cumplió en su totalidad siendo lo prudente Revisar y mantener la Medida Libertad Asistida y Cesar la Medida Reglas de Conducta por total cumplimiento por parte del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA.

En relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, el día de hoy se recibe del Departamento de Servicio social su informe Conductual numerado S.S.S 001-2011 referido al ciudadano, el cual indica que es respetuoso, responsable, está cursando Quinto año de bachillerato en el liceo LUIS PADRINO, trabaja en la economía informal. SU EVOLUCIÓN ES DE PRONÓSTICO FAVORABLE.

Por lo que hasta el día de hoy 12 de Enero del 2011, el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien comenzó el cumplimiento de su sanción desde el 26 de Abril 2010, ha dado cumplimiento a su sanción por espacio de OCHO (08) MESES y DIECISEIS (16) días de la Medida LIBERTAD ASISTIDA y Simultáneamente la MEDIODA REGLAS DE CONDUCTA, por lo que le falta por cumplir de ambas medidas LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de TRES (03) MESES Y CATORCE (14) DÏAS. Siendo lo prudente Revisar y mantener la Medida Libertad Asistida y Reglas de Conducta por parte del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA.
DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto , este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: en Relación al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA este Tribunal Revisa y mantiene las Medidas Libertad Asistida y Reglas de Conducta conforme al artículo 647 literal e de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Se determina que hasta el día de hoy 12 de Enero del 2011, el ciudadano LUIS DAVID REYES MARCANO, quien comenzó el cumplimiento de su sanción desde el 26 de Abril 2010, ha dado cumplimiento a su sanción por espacio de OCHO (08) MESES y DIECISEIS (16) días de la Medida LIBERTAD ASISTIDA y Simultáneamente la MEDIODA REGLAS DE CONDUCTA, por lo que le falta por cumplir de ambas medidas LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de TRES (03) MESES Y CATORCE (14) DÏAS. SEGUNDO: En relación al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, ha dado cumplimiento a su sanción por espacio de UN (01) Año y SEIS (06) días de la Medida LIBERTAD ASISTIDA por lo que le falta por cumplir de esta medida LIBERTAD ASISTIDA ONCE (11) Meses y VEINTICUATRO (24) Días. Y en Relación a la Medida REGLAS DE CONDUCTA se observa que la Cumplió en su totalidad siendo lo prudente Revisar y mantener la Medida Libertad Asistida y Cesar la Medida Reglas de Conducta por total cumplimiento por parte del ciudadano JOSE MANUEL FIGUERA FLORES, conforme al artículo 647 literales e y h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Impóngase a los sancionados. Se fija como fecha para próxima revisión 26 de ABRIL del 2011. Notifíquese a la Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y al Defensor Público Especializado. Cúmplase.
La jueza de Ejecución,

Abg. DILIA MENDOZA El Secretario
ABG. ANGELICA BARILLAS