REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL ONCE.

200º y 151º
Exp. N° 32.266


Visto el desistimiento del procedimiento en contra del co-demandado JOSE NAPOLEON MARTINEZ, suscrito en el profesional del derecho ciudadano ANDRES MARCANO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.967, de este domicilio, apoderada judicial de la parte demandante en el presente juicio de NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA, intentado por el ciudadano FERNANDO MALAVE MARCANO, en su condición de socio mayoritario y Director Gerente de la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES TECNICAS (CONTE C.A) CONTRA los ciudadanos ISRAEL LANZ PINT , JOSE ALFREDO LANZ LANZ Y JOSE NAPOLEON MARTINEZ ROCA, y vista la diligencia suscrita por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.933.521, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 131,959, apoderada judicial del codemandado ciudadano JOSE NAPOLEON MARTINEZ, donde exponen que convienen al desistimiento realizado por la parte demandada el 16 de diciembre del 2.010, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, “…En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.
El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es, irrevocable, aún antes de la homologación del Tribunal…” por cuanto la misma tiene amplia facultad para actuar es por lo que este Tribunal le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento en lo que se refiere al procedimiento intentado en contra del codemandado ciudadano: JOSE NAPOLEON MARTINEZ, debidamente identificado.


Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


LA SECRETARIA,

Exp. N° 32.266