REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, veinticuatro (24) de enero de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: NP11-L-2010-001784
PARTE DEMANDANTE: JULIO CÉSAR GONZÁLEZ FLORES C.I. N° 10.551.276 HÉCTOR MARCELINO MEJÍAS C.I. N° 8.929.715, LUIS RAÚL MORENO CALDERÓN C.I. N° 17.525.464 , JOSÉ ANGEL ROJAS YDROGO C.I. N° 17.592.710, LUIS ALIRIO PELAYO CALDERA C.I. N° 6.611.319 y DOMINGO ANTONIO JIMÉNEZ C.I. N° 14.836.237 (PRESENTES EN AUDIENCIA) Y ANTONIO JOSÉ CAMPOS C.I. N° 8.478.886 (NO ASISTIO)

ASISTE A LA PARTE DEMANDANTE ABOGADO JOSE RAFAEL GUZMAN DOUMOLIN I.P.S.A. N° 130.544.
PARTE DEMANDADA: ARCO SERVICES, C.A y PDVSA PETRÓLEO, S.A.
APODERADOS /REPRESENTANTES JOSE ERNESTO BARRIOS SALAZAR I.P.S.A. N° 68.685 POR ARCO SERVICES, C.A y BALMORE ACEVEDO I.P.S.A. N° 36.659 POR PDVSA PETRÓLEO, S.A.
MOTIVO: INDEMNIZACION POR RETARDO EN EL PAGO E INDEMNIZACION POR EL PAGO DE LA TARJETA ELECTRONICA DE ALIMENTACION (TEA).

En fecha treinta(30) de noviembre del año dos mil diez (2 010) se presentan por ante esta Coordinación Judicial los Ciudadanos JULIO CÉSAR GONZÁLEZ FLORES; HÉCTOR MARCELINO MEJÍAS; LUIS RAÚL MORENO CALDERÓN; JOSÉ ANGEL ROJAS YDROGO; LUIS ALIRIO PELAYO CALDERA; DOMINGO ANTONIO JIMÉNEZ Y ANTONIO JOSÉ CAMPOS , asistidos por el abogado JUAN CARLOS ORENCE GONZALEZ con escrito de demanda en el cual expone sus alegatos y estimación de la demanda, la cual fue recibida por este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en esa misma fecha, se procedió a su admisión y se libró el correspondiente Cartel de Notificación a la empresa. Una vez cumplidas las formalidades de la debida notificación de la empresa demandada, cumplido el lapso para la comparecencia a la Audiencia Preliminar establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se fijó el inicio para el día veinticuatro (24) de enero de 2011, fecha en que comparecen las partes, a excepción del ciudadano actor ANTONIO JOSÉ CAMPOS que no comparece ni por sí ni por Apoderados Judiciales algunos. Este Juzgado dejó constancia en acta, que realizado el anuncio por parte del Ciudadano Alguacil de esta Coordinación del Trabajo a la hora fijada, NO COMPARECE el ciudadano ANTONIO JOSÉ CAMPOS. Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, debido a que su falta acarrea consecuencias jurídicas que dispone la Ley Adjetiva Laboral, forzosamente este Juzgado dicta la decisión oral conforme al caso.

DECISIÓN

Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar del ciudadano ANTONIO JOSÉ CAMPOS parte demandante en este procedimiento que esta conformado por litisconsorcio activo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado procedió a dictar la decisión en forma Oral cuya constancia queda en el Acta levantada al efecto, y publicarla de la siguiente forma: este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO solo respecto del ciudadano ANTONIO JOSÉ CAMPOS. Publíquese y Regístrese

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los veinticuatro (24) días del mes de enero de dos mil once (2011). 200° de la Independencia y 151° de la Federación.


DIOS y FEDERACIÓN


LA JUEZA



Abogada DERVIS PEREZ MARTINEZ



LA SECRETARIA (O)



En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-