N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2010-001751
PARTE ACTORA: LUIS FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.4.620.888 de este domicilio
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AURA VALDEZ inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 52.140, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: ASOCICION COOPERATIVA TRANSERVEN RL.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AQUILES LOPEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 100.688
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 18 de enero de 2011, habilitaron el tiempo y comparecieron por ante este Tribunal el ciudadano LUIS FLORES, en su carácter de demandante, asistido por la Abg. AURA VALDEZ, el ciudadano JOSE CALERO, en su carácter de Coordinador de la ASOCIACION COOPERATIVA TRANSERVEN RL, asistido por el Abg. AQULIES LOPEZ, identificados todos en el encabezamiento de la presente acta, por cuanto han logrado un acuerdo antes de la Audiencia Preliminar, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad y en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes: y para dar por concluido el presente reclamo, y por vía de transacción, ofreció pagar al ciudadano LUIS FLORES, la suma única y definitiva de TRES MILDOSCIENTOS CATORCE BOLÍVARES (Bs. 3.214), el cual es cancelado mediante cheque número 38496537 del Banco Mercantil por la cantidad de Bolívares 3.214, a favor del trabajador de fecha 02-12-10, quien recibe en este acto, por concepto de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos. En este estado el trabajador y su Abogado Asistente manifiestan que están totalmente satisfecho con la reclamación que se sustanció en la presente causa señalando que no tiene nada más que reclamar por conceptos de las Prestaciones Sociales y Otros Conceptos que se generaron durante la relación laboral; de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente. Expídase por secretaria las copias solicitadas y acordadas y entréguesele a los peticionarios. .
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. José L. Adrián Mata

El demandante y su Abogado.

El Coordinador de la Asociación y su Abogado.



El Secretario(a)


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).