REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y PUNCERES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. CARIPITO: PRIMERO (01) DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL ONCE (2011).-

200° y 151°.-
Por cuanto la revisión exhaustiva realizada al presente expediente del Juicio de ENTREGA DE MATERIAL, intentado por el Abg. JOSE BUTTO MAICAN, Inscrito en el InpreAbogado bajo el Nº 87.931, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos ALBINO TORREVILLA VILLAHERMOSA, YUDITH MARIA DURAN HENRIQUEZ YUDEISIS MARIA DURAN SALAZAR , ORLANDO RAFAEL DURAN HENRIQUEZ, MIRIAM JOSEFINA DURAN DE SASACHEZ Y JOSE LUIS DURAN HENRIQUEZ. Contra el JAIMES DESIDERIO HOTSON SILVA, venezolano, Mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 2.741.941. Se evidencia que la última actuación en Autos es de fecha 28 de Enero de 2010 y por cuanto ha transcurrido el lapso señalado en el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia es procedente decretar la Perención de la Instancia, y así se decide.

Por las razones que anteceden, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCION y por consiguientes extinguida la Instancia de esta causa.

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dado, firmado y sellado en la sala del Despacho del Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.

El Juez Titular.,



Abg. MSc. José Gregorio Guaipo Quiroz.,



La Secretaria.,

Abg. Elizabeth Hernández Sifuentes.



En la misma fecha se cumplió con lo dispuesto en el auto anterior. Conste. Secretaria.-




JGGQ/nilson.-
EXP. Nº 394-2009